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Un acuerdo de confidencialidad redactado conforme al derecho colombiano para empresas, profesionales y empleadores. Elija la modalidad unilateral, bilateral o multilateral, complete los datos de las partes y descargue un PDF profesional listo para firma en minutos.
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Un acuerdo de confidencialidad —también denominado NDA (Non-Disclosure Agreement) o pacto de reserva— es un contrato jurídicamente vinculante por el cual una o ambas partes se obligan a no divulgar información confidencial a terceros y a no utilizarla con fines ajenos al objeto pactado. Cuando una empresa colombiana comparte datos sensibles con un socio potencial, inversionista, proveedor, contratista, trabajador o aspirante, el NDA establece las consecuencias jurídicas que se aplican si esa información es revelada o utilizada indebidamente.
Existen tres modalidades. El NDA unilateral protege información que fluye en un solo sentido: solo una parte revela datos y únicamente la receptora queda obligada a mantenerlos en reserva. Es la modalidad habitual al contratar consultores externos, contratistas por prestación de servicios o aspirantes a un cargo en Colombia. El NDA bilateral vincula a ambas partes de manera recíproca y se utiliza en alianzas comerciales, joint ventures, fusiones y adquisiciones (M&A) y rondas de inversión. El NDA multilateral interviene cuando son tres o más partes —por ejemplo, en consorcios tecnológicos, proyectos de I+D financiados por Minciencias o procesos de due diligence con múltiples asesores—.
En Colombia, la confidencialidad de la información empresarial se rige por el Código Civil colombiano —en particular el Art. 1495 sobre la definición de contrato y el Art. 1602 sobre el efecto vinculante de los contratos como ley para las partes—, la Decisión 486 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) sobre Régimen Común de Propiedad Industrial —que en sus Arts. 260 a 266 protege los secretos empresariales en aplicación del Acuerdo TRIPS de la OMC—, la Ley 256 de 1996 sobre competencia desleal y, cuando se involucran datos personales, la Ley 1581 de 2012 sobre Habeas Data y su Decreto reglamentario 1377 de 2013, supervisada por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). Un NDA correctamente redactado constituye una de las "medidas razonables" exigidas por el Art. 260 de la Decisión 486 para que la información goce de tutela legal como secreto empresarial en territorio colombiano.
El NDA de Doxuno reúne todas las cláusulas esenciales requeridas por el derecho colombiano, junto a secciones Expert que refuerzan la protección en operaciones comerciales complejas o relaciones laborales sensibles.
Alcance amplio que cubre datos técnicos, comerciales y personales
Deber de no divulgar y de no utilizar fuera del objeto pactado
Cuatro excepciones legales para la validez del NDA en Colombia
Duración determinada o indefinida y cobertura geográfica
Procedimiento al término del vínculo o del proyecto
Avaluación anticipada de perjuicios (Arts. 1592-1601 Código Civil colombiano)
Tribunales colombianos competentes, conciliación o arbitraje CAC-CCB
Nulidad parcial, integridad del contrato, notificaciones
Tutela reforzada conforme al régimen andino de propiedad industrial
Cláusula opcional contra la contratación cruzada de empleados o clientes
Tratamiento conforme al Habeas Data y a la Superintendencia de Industria y Comercio
Cláusula de arbitraje ante el CAC de la Cámara de Comercio de Bogotá
No se requieren conocimientos jurídicos previos. El generador de Doxuno lo guía sección por sección hasta obtener un PDF profesional, válido en todo el territorio colombiano.
Seleccione la modalidad unilateral si solo una parte va a revelar información confidencial —por ejemplo, al contratar a un consultor o a un contratista por prestación de servicios en Colombia—. Elija la bilateral cuando ambas partes intercambian datos sensibles, como sucede en alianzas estratégicas, negociaciones de M&A o rondas de inversión. Opte por la multilateral si intervienen tres o más partes en un consorcio o proyecto conjunto colombiano.
Indique la razón social completa, el NIT (Número de Identificación Tributaria), el domicilio en Colombia y el representante legal de cada parte (parte reveladora y parte receptora). Para personas naturales, consigne nombre y apellidos completos, número de cédula de ciudadanía o cédula de extranjería, profesión u ocupación y domicilio dentro del territorio colombiano. La individualización completa es exigida por el Art. 1502 del Código Civil para la validez del consentimiento.
Precise el motivo por el cual se comparte la información confidencial. Ejemplos típicos en Colombia: evaluación de una posible alianza comercial, negociación de una compraventa de paquete accionario, incorporación de un proveedor estratégico, desarrollo conjunto de software, participación en un proyecto de I+D financiado por Minciencias o iNNpulsa, due diligence en una operación de M&A, presentación de una iniciativa a una Cámara de Comercio.
Establezca la duración del deber de reserva —habitualmente entre dos y cinco años para información comercial general— y el alcance territorial (Colombia, Comunidad Andina, alcance mundial). Recuerde que las obligaciones relativas a secretos empresariales bajo la Decisión 486 CAN pueden mantenerse vigentes mientras la información conserve su carácter secreto y valor comercial.
Incorpore protecciones adicionales como la cláusula de no captación de personal, el derecho de auditoría, la cláusula penal escalonada, el sometimiento a conciliación obligatoria conforme a la Ley 640 de 2001 o a arbitraje institucional ante el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá (CAC-CCB) o equivalente. Su NDA se generará como PDF profesional, listo para que ambas partes lo firmen.
Cuatro elementos que hacen nuestras plantillas más completas que los borradores generados por IA y más actuales que las bibliotecas estáticas.
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Las plantillas con referencias legales se actualizan continuamente cuando cambia la ley. Su documento refleja siempre el marco normativo vigente.
Descarga gratuita. Texto vectorial, fuentes incrustadas y citas legales integradas en las cláusulas. Imprimir, firmar y archivar. Apto para cualquier flujo de firma, incluida la firma electrónica.
Siga editando en Word tras la descarga. Añada cláusulas a medida, reutilice la plantilla para acuerdos similares o compártala con un compañero para revisión colaborativa.
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Este modelo está diseñado para ser válido en todo el territorio de Colombia. Antes de la firma conviene revisar algunos puntos jurídicos, especialmente cuando intervienen trabajadores, datos personales o secretos empresariales de alto valor.
Este modelo se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Para operaciones de cuantía elevada, vínculos laborales complejos o dudas sobre la legislación colombiana aplicable a su caso, consulte con un abogado titulado e inscrito ante el Consejo Superior de la Judicatura de Colombia.
Revisado por profesionales del derecho. El contenido de esta página y las cláusulas del modelo han sido revisados conforme al Código Civil colombiano, la Decisión 486 CAN y la Ley 1581/2012, garantizando solidez jurídica para operaciones comerciales habituales.
La Decisión 486 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), aplicable directamente en Colombia, constituye el principal marco de protección de los secretos empresariales. Sus Arts. 260 a 266 protegen la información que sea secreta, posea valor comercial por ese carácter y haya sido objeto de "medidas razonables" para mantenerla en reserva. Un NDA correctamente redactado constituye precisamente una de esas medidas exigidas por la normativa andina y refuerza la posibilidad de obtener tutela judicial —incluyendo medidas cautelares conforme al Art. 590 del Código General del Proceso (Ley 1564/2012)— ante una filtración. La revelación dolosa puede además configurar competencia desleal sancionable conforme a la Ley 256 de 1996, con la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) como autoridad colombiana competente.
Las cláusulas de confidencialidad incluidas en un contrato de trabajo o suscritas por separado están alcanzadas por el Código Sustantivo del Trabajo (CST). El Art. 58 num. 2 CST impone al trabajador el deber de fidelidad y reserva, mientras que el Art. 62 lit. A num. 8 CST tipifica como justa causa de terminación la revelación de secretos técnicos o comerciales. A diferencia del pacto de no concurrencia post-contractual —que en Colombia es de discutible validez si carece de compensación adecuada—, el deber de confidencialidad no requiere contraprestación específica, pero su redacción debe respetar el derecho al trabajo del Art. 25 de la Constitución colombiana.
Cuando la información confidencial incluye datos personales —nombres de clientes, contactos, perfiles de empleados, historial médico— resulta aplicable la Ley 1581 de 2012 sobre Habeas Data y su Decreto reglamentario 1377 de 2013. La parte receptora actúa como "encargado del tratamiento" y debe cumplir con los principios de finalidad, libertad, veracidad, transparencia y seguridad (Art. 4 Ley 1581). El NDA debe incluir cláusulas específicas de tratamiento, transferencia y transmisión —caso contrario, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) puede aplicar sanciones que en Colombia ascienden hasta 2.000 SMLMV por infracción, conforme al Art. 23 de la Ley 1581—.
En Colombia los litigios entre empresas comerciales se sustancian ante los Juzgados Civiles del Circuito o ante la SIC en función pre-jurisdiccional para asuntos de competencia desleal, conforme al Art. 24 del Código General del Proceso (Ley 1564/2012). La conciliación extrajudicial es obligatoria como requisito de procedibilidad en muchos asuntos civiles colombianos, conforme a la Ley 640 de 2001. Como alternativa más rápida y confidencial, el NDA puede pactar el sometimiento a arbitraje institucional ante el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá (CAC-CCB) o de Medellín, conforme a la Ley 1563 de 2012 (Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional de Colombia).
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