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Un contrato de comodato redactado conforme al derecho colombiano para particulares, familias, empresas y profesionales que prestan gratuitamente un vehículo, un equipo o un inmueble en Colombia. Identifique al comodante y al comodatario, describa el bien, defina el plazo de uso y descargue un PDF profesional listo para firma en minutos.
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Un contrato de comodato —también denominado en Colombia "préstamo de uso"— es un contrato por el cual una de las partes, llamada comodante, entrega gratuitamente a la otra, llamada comodatario, una cosa no fungible para que la use por un tiempo determinado y posteriormente la restituya en especie. La gratuidad es un elemento esencial del comodato según el Art. 2200 del Código Civil colombiano: si las partes pactan precio, renta o canon, el contrato deja de ser comodato y se convierte en arrendamiento (Art. 1973 CC), con un régimen jurídico totalmente distinto.
El comodato se utiliza con frecuencia en Colombia para situaciones cotidianas como prestar un vehículo automotor a un familiar durante un viaje, ceder gratuitamente el uso de una oficina o local a una entidad sin ánimo de lucro, permitir a un contratista usar maquinaria del cliente durante la ejecución de una obra, o entregar a un empleado un equipo de trabajo (computador, herramienta, vehículo de empresa) para el desempeño de sus funciones. La empresa colombiana también lo emplea en operaciones B2B —cesión de equipos POS, dispensadores, cilindros de gas, lectores ópticos— donde el proveedor mantiene la propiedad y el cliente utiliza el bien sin pagar arrendamiento.
En Colombia, el comodato se rige por los Arts. 2200 a 2220 del Código Civil colombiano (Ley 84 de 1873). El Art. 2200 define el contrato como real (se perfecciona con la entrega de la cosa, no con el simple acuerdo) y gratuito; el Art. 2202 obliga al comodatario a usar la cosa según el uso pactado o, en su defecto, según su naturaleza; el Art. 2204 pone los gastos ordinarios de conservación a cargo del comodatario; el Art. 2207 lo hace responder hasta de la culpa levísima —el grado más alto de diligencia exigido en el ordenamiento civil colombiano—; el Art. 2210 lo libera frente al caso fortuito siempre que no haya tenido culpa; el Art. 2218 permite al comodante exigir la restitución anticipada en supuestos de necesidad sobrevenida o uso indebido; el Art. 2220 regula la responsabilidad por culpa del comodatario. Adicionalmente, la Ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso) regula los procesos restitutorios cuando el comodatario se rehúsa a devolver el bien tras la terminación del contrato en Colombia.
El contrato de comodato de Doxuno reúne todas las cláusulas esenciales exigidas por el derecho civil colombiano, con redacción adaptada a las cuatro situaciones más comunes: préstamo de bienes muebles, vehículos automotores, inmuebles y equipos industriales o de oficina.
Comodante y comodatario con cédula de ciudadanía, NIT y domicilio en Colombia
Cláusula que ratifica la gratuidad esencial del comodato (Art. 2200 CC)
Marca, modelo, número de serie, matrícula u otro elemento identificable
Inventario de condiciones para evitar disputas en la restitución
Delimitación del uso conforme al Art. 2202 del Código Civil colombiano
Fecha de entrega, fecha de devolución y supuestos del Art. 2218 CC
Custodia, gastos ordinarios (Art. 2204) y reporte de eventos en 48 horas
Estándar del Art. 2207 CC — máxima diligencia exigida en Colombia
Régimen del Art. 2210 CC sobre pérdida no imputable al comodatario
Responsabilidad del comodante conforme al Art. 2216 del Código Civil
Plazo, mutuo acuerdo, requerimiento, incumplimiento o muerte del comodatario
Jueces Civiles del Circuito colombianos conforme a la Ley 1564/2012
No se requieren conocimientos jurídicos previos. El generador de Doxuno lo guía sección por sección hasta obtener un PDF profesional, válido en todo el territorio colombiano y conforme al Código Civil.
Indique los nombres completos, número de cédula de ciudadanía o cédula de extranjería (o NIT si interviene una persona jurídica colombiana), domicilio detallado dentro del territorio colombiano y teléfono de contacto de quien presta el bien (comodante) y de quien lo recibe (comodatario). La individualización completa es exigida por el Art. 1502 del Código Civil colombiano para la validez del consentimiento.
Seleccione la naturaleza del bien (mueble, vehículo automotor, inmueble o equipo industrial) e introduzca toda la información que permita identificarlo de manera inequívoca: marca, modelo, número de serie, número de chasis y placa para vehículos, dirección y matrícula inmobiliaria para inmuebles, valor estimado a efectos de cobertura. El Art. 2200 del Código Civil exige que el bien sea no fungible —que no se consuma con su uso— para que el contrato califique como comodato en Colombia.
Especifique el uso para el cual se entrega el bien. Esta delimitación es esencial porque el Art. 2202 del Código Civil colombiano permite al comodante exigir la restitución anticipada cuando el comodatario destine el bien a un uso diferente al pactado. Para vehículos colombianos, indique zona de circulación y conductor autorizado; para equipos industriales, indique horario y operador certificado; para inmuebles, indique destino habitacional o comercial.
Indique la fecha de entrega y, en su caso, la fecha de devolución del bien. Si no fija plazo, el comodato podrá terminarse cuando el comodante lo solicite mediante aviso previo razonable. Defina el lugar de restitución (habitualmente, el domicilio del comodante en Colombia) y la modalidad —entrega física con acta de inventario, conforme a la práctica civil colombiana—.
Añada cualquier observación específica relevante para su caso colombiano: compromiso de contratar póliza de seguro contra todo riesgo a favor del comodante, designación de operador autorizado, prohibición de traslado fuera del departamento, obligación de portar el SOAT vigente para vehículos. Su contrato se generará como PDF profesional listo para que ambas partes lo firmen y conserven copia, conforme al uso comercial colombiano.
Cuatro elementos que hacen nuestras plantillas más completas que los borradores generados por IA y más actuales que las bibliotecas estáticas.
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Este modelo está diseñado para ser válido en todo el territorio de Colombia. Antes de la firma conviene revisar algunos aspectos jurídicos que pueden afectar la validez o la efectividad práctica del comodato, especialmente cuando el bien tiene un valor económico relevante o cuando se trata de un vehículo automotor.
Este modelo se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Para comodatos sobre bienes de cuantía elevada, inmuebles inscritos o equipos críticos para la operación empresarial, consulte con un abogado titulado e inscrito ante el Consejo Superior de la Judicatura de Colombia.
Revisado por profesionales del derecho. El contenido de esta página y las cláusulas del modelo han sido revisados conforme a los Arts. 2200-2220 del Código Civil colombiano y a la Ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso), garantizando solidez jurídica para operaciones civiles habituales en Colombia.
Es esencial distinguir las tres figuras que el Código Civil colombiano regula. El comodato (Arts. 2200-2220) es el préstamo gratuito de una cosa no fungible —un vehículo, un equipo, un inmueble— que debe restituirse en especie al término del contrato. El arrendamiento (Arts. 1973 y siguientes) implica el pago de un precio o canon a cambio del uso del bien, lo que excluye automáticamente la calificación como comodato; en Colombia, el arrendamiento de vivienda urbana se rige adicionalmente por la Ley 820 de 2003. El mutuo (Arts. 2221-2235), por el contrario, recae sobre cosas fungibles —dinero, bienes consumibles— que el mutuario adquiere y debe devolver en cantidad y calidad equivalente, no en especie. La elección de la figura adecuada determina régimen tributario, obligaciones y prescripción de acciones colombianas.
Cuando el bien prestado es un vehículo automotor inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) colombiano, el comodato presenta particularidades. La propiedad sigue inscrita a nombre del comodante, pero la responsabilidad por comparendos, multas de tránsito, accidentes y consumo (combustible) recae sobre el comodatario durante el período de uso, conforme a la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito). El comodante debe asegurarse de que el SOAT esté vigente y que la revisión técnico-mecánica esté al día (Art. 50 Ley 769/2002). Se recomienda que el comodatario contrate una póliza voluntaria de todo riesgo en una aseguradora colombiana, designando al comodante como beneficiario preferente. El contrato firmado es útil para acreditar quién conducía el vehículo en caso de comparendo electrónico o accidente.
El Art. 2207 del Código Civil colombiano impone al comodatario el estándar de diligencia más exigente del ordenamiento civil colombiano: la culpa levísima, definida como la falta de aquella esmerada diligencia que un hombre juicioso emplea en sus negocios importantes. Esto significa que el comodatario responde no solo de los daños causados por descuido grave, sino incluso por descuidos leves que un buen padre de familia no habría cometido. Esta responsabilidad reforzada se justifica por la gratuidad del contrato: como nada paga por el uso del bien, debe devolverlo intacto. El Art. 2210 lo libera del caso fortuito o fuerza mayor, salvo que el comodante demuestre que el comodatario pudo haberlo evitado o que el bien había sido tasado al momento del préstamo en Colombia.
Si vencido el plazo o presentado un supuesto del Art. 2218 CC el comodatario se rehúsa a restituir el bien, el comodante puede ejercer la acción de restitución de tenencia conforme al Art. 384 del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012) ante los Jueces Civiles del Circuito colombianos. Adicionalmente, la retención dolosa del bien tras la terminación del contrato puede configurar el delito de abuso de confianza tipificado en el Art. 250 del Código Penal colombiano (Ley 599 de 2000), con denuncia ante la Fiscalía General de la Nación. Para evitar litigios, se recomienda que el contrato establezca claramente la fecha de devolución, el lugar y la posibilidad de levantar acta de restitución firmada por ambas partes, conforme a la práctica notarial y judicial colombiana.
Complete los datos del comodante, el comodatario y el bien en pocos minutos y obtenga un contrato de comodato profesional, válido conforme al Código Civil colombiano. Gratuito, sin necesidad de crear cuenta para la versión básica.
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