Contenido jurídico específico por país
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Un contrato individual de trabajo por tiempo indeterminado redactado conforme a la Ley Federal del Trabajo (LFT) mexicana, con las prestaciones actualizadas tras la Reform 2023 (vacaciones dignas 12 días) y los Centros de Conciliación de la Reform 2019. Capture los datos del patrón y trabajador, defina puesto y salario, y descargue un PDF profesional listo para firma en territorio mexicano.
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En México el contrato individual de trabajo por tiempo indeterminado es la modalidad estándar de contratación laboral conforme al Art. 35 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) mexicana, aplicable cuando la actividad a desempeñar es permanente y no encuadra en las excepciones del Art. 37 (causas objetivas para plazo determinado). La LFT establece la presunción de indeterminación: salvo que el patrón acredite causa objetiva específica para un plazo determinado, la relación se considera indeterminada con todos los efectos de estabilidad laboral previstos por el Art. 123 apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El contrato indeterminado mexicano genera derechos plenos a favor del trabajador: estabilidad laboral (solo puede ser despedido por causa justificada del Art. 47 LFT, so pena de indemnización constitucional del Art. 48), prestaciones mínimas legales (aguinaldo 15 días Art. 87, vacaciones según tabla Art. 76 reformada 2023, prima vacacional 25% Art. 80, PTU 10% Arts. 117-131, prima dominical 25% Art. 71), inscripción al IMSS/INFONAVIT desde el primer día de servicio, jornada máxima 48 horas semanales (Art. 61), descansos (Art. 69), y prima de antigüedad del Art. 162 LFT al cumplir 15 años o más de servicios.
El Art. 25 LFT mexicana exige que el contrato indeterminado conste por escrito y contenga al menos: a) nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, CURP, RFC y domicilio del trabajador y del patrón, b) si la relación es por obra, tiempo determinado, indeterminado, capacitación inicial, o por temporada, c) servicio o servicios a desempeñar, d) lugar de prestación, e) duración de la jornada, f) forma y monto del salario, g) día y lugar de pago, h) indicación de que el trabajador será capacitado o adiestrado, i) demás condiciones convenidas. Adicionalmente, desde la Reform 2019 los Centros Federales y Estatales de Conciliación son la instancia obligatoria pre-judicial para conflictos individuales en territorio mexicano, sustituyendo a las antiguas Juntas de Conciliación y Arbitraje.
El contrato individual de trabajo indeterminado de Doxuno reúne todos los elementos exigidos por el Art. 25 de la LFT mexicana, con prestaciones actualizadas conforme a la Reform 2023 (Vacaciones Dignas) y la Reform 2019 (justicia laboral).
Razón social, RFC, registro patronal IMSS, domicilio fiscal mexicano
Nombre, RFC, CURP, NSS, domicilio, nacionalidad y estado civil
Modalidad estándar Art. 35 LFT con estabilidad laboral plena
30 días general, 180 días puestos directivos / técnicos especializados
Cargo, funciones, descripción detallada del puesto
Salario diario, periodicidad, método de pago bancarizado
48h semanales diurna, 42h nocturna, 45h mixta — descanso diario
12 días primer año, +2 cada año hasta 20, +2 cada 5 después
15 días anuales mín. (Art. 87) y prima 25% (Art. 80)
Participación 10% utilidades (Art. 117) y prima 25% Art. 71
Programa conforme a Arts. 153-A a 153-X LFT
Confidencialidad, propiedad intelectual, no competencia con compensación
Imprima dos originales firmados por ambas partes en cada página, registre al trabajador en IMSS/INFONAVIT desde el primer día y conserve el contrato durante toda la relación laboral más el plazo de prescripción.
Capture la razón social del patrón, RFC, registro patronal del IMSS y domicilio fiscal. Para el trabajador: nombre completo, RFC, CURP, Número de Seguridad Social (NSS), nacionalidad, estado civil y domicilio actual en territorio mexicano. Si el trabajador es extranjero, incluir el documento migratorio que lo autorice a laborar (Art. 57 Ley de Migración).
Especifique el cargo y describa las funciones principales. Establezca la jornada conforme al Art. 60 LFT (diurna 6:00-20:00 max 8h, nocturna 20:00-6:00 max 7h, mixta max 7.5h con tope nocturno de 3.5h) con descanso semanal mínimo (Art. 69). Pacte el salario diario en pesos mexicanos, periodicidad de pago (semanal trabajadores manuales, quincenal otros — Art. 88), método (preferentemente CLABE bancaria conforme al Art. 101 LFT modificado).
Si aplica, incluya cláusula de período a prueba conforme al Art. 39-A LFT: 30 días para puestos generales, 180 días para puestos directivos, gerenciales o técnicos especializados. La cláusula debe constar por escrito desde el inicio. Alternativamente, capacitación inicial Art. 39-B (3 o 6 meses según puesto) con criterios de productividad evaluables. Al término satisfactorio el contrato continúa indeterminadamente.
Liste las prestaciones mínimas legales: aguinaldo 15 días (Art. 87), vacaciones según tabla Art. 76 Reform 2023, prima vacacional 25% (Art. 80), PTU 10% (Art. 117 — exento si es público o no genera utilidad fiscal), prima dominical 25% (Art. 71). Considere prestaciones superiores como vales de despensa, fondo de ahorro, seguro de gastos médicos mayores, plan de retiro PPR, capacitación continua. Detalle los conceptos en cláusula específica para evitar disputa.
Inscriba al trabajador al IMSS dentro de los 5 días hábiles siguientes al inicio del servicio (Art. 15 fr. I LSS) y al INFONAVIT. Imprima el contrato en dos originales firmados por ambas partes en cada página numerada, conserve uno cada parte. Entregue al trabajador copia de los recibos de salario timbrados como CFDI tipo Nómina conforme al Art. 99 fr. III LISR.
Cuatro elementos que hacen nuestras plantillas más completas que los borradores generados por IA y más actuales que las bibliotecas estáticas.
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El contrato indeterminado es la modalidad principal en México y genera estabilidad laboral plena. Cualquier cláusula que pretenda renunciar derechos es nula conforme al Art. 5 LFT.
Este modelo se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico laboral. Para situaciones complejas (sustitución patronal, fuero sindical, contratos colectivos, esquemas de outsourcing), consulte con un abogado laboralista mexicano.
Revisado conforme a la LFT, Reform 2019 (justicia laboral con Centros de Conciliación), Reform 2023 (vacaciones dignas), Reform abril 2021 (régimen de subcontratación) y criterios SCJN vigentes.
En México el trabajador con contrato indeterminado goza de estabilidad relativa: solo puede ser despedido por causas justificadas enumeradas taxativamente en el Art. 47 LFT (15 fracciones I-XV: engaño en datos, falta de probidad, daños intencionales, ofensas al patrón, faltas de asistencia injustificadas, etc.). La rescisión sin causa justificada o sin que el patrón mexicano pruebe los hechos genera la indemnización constitucional del Art. 48 LFT: 3 meses de salario integrado + 20 días por cada año de servicios + salarios caídos hasta por 12 meses. La SCJN ha sostenido en jurisprudencia firme que la falta del aviso por escrito al trabajador del Art. 47 último párrafo —indicando fecha y causa de la rescisión— se traduce en despido injustificado con todos sus efectos.
La Reforma a los Arts. 76 y 78 LFT publicada el 27 de diciembre de 2022 e iniciada en vigor el 1 de enero de 2023 modificó la tabla de vacaciones en México: 12 días al primer año (antes 6), 14 al segundo, 16 al tercero, 18 al cuarto, 20 al quinto, y 2 días adicionales por cada 5 años subsecuentes hasta el tope de 32. La prima vacacional sigue siendo 25% sobre los días de vacaciones (Art. 80). El aguinaldo permanece en mínimo 15 días anuales pagaderos antes del 20 de diciembre (Art. 87). El SMG 2024 es 248.93 MXN diarios general y 374.89 en zona libre frontera norte, con incrementos anuales determinados por la CONASAMI. El PTU del 10% se distribuye conforme a los Arts. 117-131 LFT, exento para empresas en su primer año, organismos del Estado y patrones sin utilidad fiscal.
La Reforma Laboral del 1 de mayo de 2019 transformó radicalmente el sistema de justicia laboral mexicana. Las antiguas Juntas Federal y Locales de Conciliación y Arbitraje (que dependían del Poder Ejecutivo) se sustituyeron por: a) los Centros Federales y Estatales de Conciliación —instancia obligatoria pre-judicial donde las partes deben intentar conciliar antes de demandar—, y b) los Tribunales Laborales del Poder Judicial Federal o de las entidades federativas que sustituyen a las Juntas en la fase contenciosa. Para conflictos individuales el trabajador o patrón debe presentar solicitud de conciliación ante el Centro respectivo y, si no se logra acuerdo en máximo 45 días, recibe constancia para acudir al Tribunal Laboral. El nuevo sistema busca celeridad, oralidad y resoluciones más equilibradas en territorio mexicano.
La Reforma de abril de 2021 reformó el Art. 12-15-D LFT y otros ordenamientos para prohibir la subcontratación de personal en México, salvo el régimen de servicios especializados u obras especializadas registrados en el padrón REPSE de la STPS (Art. 14 LFT). Las empresas no pueden contratar personal vía esquemas de outsourcing tradicionales —insourcing intragrupo está permitido bajo ciertos requisitos—. La contratación directa al trabajador con relación laboral indeterminada es la regla. Esta reforma elevó significativamente el costo laboral en México y obligó a regularizar a millones de trabajadores con su empleador real, generando impactos en PTU, IMSS, INFONAVIT y carga fiscal.
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