Doxuno
ArrendamientoMX

Modelo gratuito de Aviso de Terminación de Arrendamiento — México

Un aviso de terminación de contrato de arrendamiento redactado conforme al derecho mexicano para arrendadores y arrendatarios. Indique el motivo (no renovación, mutuo consentimiento, incumplimiento), fije la fecha efectiva, regule la entrega-recepción del inmueble y la devolución del depósito, y descargue un PDF profesional listo para enviar.

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Laura Esther Martínez Salinas
Laura Esther Martínez Salinas
RFC: MASL900418XY9
CURP: MASL900418MDFRLL07
Calle Tlaxcala 145, depto. 3B, Col. Roma Sur, 06760 Ciudad de México
Tel.: +52 55 5512 8788
Correo: laura.martinez@correo.mx
Ciudad de México, a 30 de abril de 2026
Inmobiliaria Roma Sur, S.A. de C.V.
RFC: IRS180412AB7
Av. Coyoacán 1850, Col. Del Valle, 03100 Ciudad de México
ASUNTO
AVISO DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Estimado(a) Inmobiliaria Roma Sur, S.A. de C.V.:

Por medio del presente escrito, el(la) suscrito(a) Laura Esther Martínez Salinas, con RFC MASL900418XY9, en mi calidad de ARRENDATARIO(A) (inquilino/a), en relación con el contrato de arrendamiento del inmueble identificado en este escrito, le comunico mi voluntad de NO RENOVAR el contrato de arrendamiento al llegar su vencimiento, conforme al Art. 2483 fr. I del Código Civil Federal (cumplimiento del plazo).
IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO
INMUEBLE ARRENDADOCalle Tlaxcala 145, depto. 3B, Col. Roma Sur, Cuauhtémoc, 06760 Ciudad de México
TIPO DE INMUEBLEdepartamento
FECHA DEL CONTRATO15 de junio de 2025
INICIO DE LA VIGENCIA15 de junio de 2025
TÉRMINO DEL CONTRATO14 de junio de 2026
RENTA MENSUAL18,500.00 MXN
FECHA EFECTIVA DE LA TERMINACIÓN14 de junio de 2026
1.
IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO
Que entre las partes existe un contrato de arrendamiento celebrado el día 15 de junio de 2025, respecto del inmueble ubicado en Calle Tlaxcala 145, depto. 3B, Col. Roma Sur, Cuauhtémoc, 06760 Ciudad de México (departamento), con vigencia a partir del 15 de junio de 2025 hasta el 14 de junio de 2026, siendo la renta mensual pactada de 18,500.00 MXN.
2.
DECISIÓN DE TERMINAR / NO RENOVAR EL CONTRATO
Por las razones que más adelante se exponen, el(la) suscrito(a) ha tomado la decisión de dar por terminado el contrato a partir del 14 de junio de 2026.

Motivo / detalle: Por motivos personales relacionados con un cambio de residencia laboral a la ciudad de Guadalajara, no me será posible continuar con el arrendamiento al vencimiento del contrato.

Esta comunicación se realiza con la antelación pactada en el contrato (o en su defecto, con el preaviso mínimo de un mes establecido en el Art. 2484 del CCF para arrendamientos por mensualidades).
3.
CUMPLIMIENTO DEL PREAVISO LEGAL
Se hace constar que el presente aviso se otorga con un plazo de 45 (45) días naturales de antelación a la fecha efectiva de la terminación, en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 2484 del Código Civil Federal (en arrendamientos por mensualidades, el aviso debe darse por lo menos con un mes de anticipación) y/o de las cláusulas específicas del contrato vigente entre las partes.

Tratándose de arrendamiento de finca destinada a casa habitación, se observan adicionalmente los Art. 2447, 2448 y 2448-A del CCF y, en su caso, las disposiciones de la legislación inquilinaria de la entidad federativa que corresponda.
4.
ENTREGA DEL INMUEBLE
El(la) ARRENDATARIO(A) entregará el inmueble a más tardar el 14 de junio de 2026 a las 12:00 hrs., en las mismas condiciones en que fue recibido, salvo el deterioro natural por el uso normal y conforme al destino convenido, en términos de los Art. 2412, 2467 y 2509 del Código Civil Federal.

Se levantará acta de entrega-recepción firmada por ambas partes, en la cual se hará constar el estado del inmueble, lecturas de servicios (agua, luz, gas), inventario de bienes muebles (en su caso) y entrega de llaves, controles y accesos.
5.
LIQUIDACIÓN DE ADEUDOS Y SERVICIOS
Antes de la entrega del inmueble, las partes deberán verificar y liquidar los siguientes conceptos:

· Rentas pendientes hasta la fecha efectiva de la terminación.
· Servicios (agua, luz, gas, internet, predial, mantenimiento) consumidos hasta el día de la entrega, conforme a las lecturas correspondientes.
· Cuotas de mantenimiento, condóminos o administración al día.
· Cualquier daño en el inmueble imputable al arrendatario, distinto del desgaste natural, conforme al Art. 2467 CCF.

A la fecha del presente aviso, el monto identificado como pendiente asciende a 0.00 MXN, sujeto a la conciliación final que se realice al momento de la entrega.
6.
DEVOLUCIÓN DEL DEPÓSITO EN GARANTÍA
Una vez verificada la entrega del inmueble en condiciones satisfactorias y liquidados los adeudos en su caso, el ARRENDADOR procederá a la devolución íntegra del depósito en garantía por la cantidad de 18,500.00 MXN al ARRENDATARIO, dentro de un plazo razonable no mayor a 30 (treinta) días naturales contados a partir de la entrega, mediante depósito o transferencia electrónica a la cuenta proporcionada por el ARRENDATARIO: BBVA México, CLABE 012180001234567890, a nombre de Laura Esther Martínez Salinas.

Si existieran daños o adeudos a cargo del ARRENDATARIO, se descontarán proporcionalmente del depósito y, en su caso, se entregará al ARRENDATARIO el remanente con relación pormenorizada de los descuentos efectuados.
7.
RESERVA DE DERECHOS
Las partes se reservan expresamente todos los derechos y acciones que les correspondan conforme al contrato, al Código Civil Federal y demás disposiciones legales aplicables, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas de la presente terminación, incluyendo el ejercicio de las acciones de cumplimiento, rescisión o desocupación que en derecho procedan (Art. 1949 CCF).
8.
OBSERVACIONES ADICIONALES
Solicito se acuerde la fecha y hora exacta para la entrega-recepción del inmueble, así como la presencia de un representante autorizado de la inmobiliaria para levantar el acta correspondiente con inventario fotográfico y lecturas finales de servicios.
Quedo a su disposición para acordar la fecha y hora exacta de la entrega-recepción del inmueble, así como para cualquier aclaración relacionada con el presente aviso.

Atentamente,
Notas legales (CCF)
· Para arrendamientos por mensualidades, el preaviso mínimo es de 1 mes (Art. 2484 CCF); para arrendamientos por años, de 2 meses.
· Se recomienda enviar este aviso por vía notarial, correo certificado con acuse de recibo, mensajería con constancia o burofax para acreditar la fehaciencia.
· En arrendamiento de casa habitación rige el plazo mínimo de 1 año (Art. 2448-C CCF) y la legislación inquilinaria local.
· Se recomienda levantar acta de entrega-recepción con fotografías, inventario y firma de ambas partes.
EL ARRENDATARIO
Laura Esther Martínez Salinas
Fecha: ____________________

¿Qué es un aviso de terminación de arrendamiento?

Un aviso de terminación de arrendamiento es la comunicación formal por la cual una de las partes —arrendador o arrendatario— notifica a la otra su voluntad de dar por terminado el contrato de arrendamiento, ya sea al vencimiento del plazo pactado, por mutuo consentimiento, por incumplimiento de la otra parte o por necesidad de uso propio. En México este aviso es indispensable para activar la fecha efectiva de terminación, fijar las condiciones de la entrega-recepción del inmueble y disparar la obligación de devolución del depósito en garantía.

El Código Civil Federal (CCF) regula las causales de terminación del arrendamiento en los Arts. 2483 a 2496. El Art. 2483 enumera las causas: cumplimiento del plazo (fr. I), mutuo consentimiento (fr. II), confusión, expropiación, pérdida total de la cosa, evicción y rescisión. El Art. 2484 fija el preaviso mínimo: en arrendamientos por mensualidades, al menos un mes; en arrendamientos por años, al menos dos meses. Los Arts. 2489 y 2490 CCF regulan las causas de rescisión a favor del arrendador y del arrendatario respectivamente, y los Arts. 2509 a 2515 establecen las obligaciones a la devolución del inmueble.

En la práctica mexicana, el aviso debe enviarse por una vía que permita acreditar la fehaciencia: correo certificado del Servicio Postal Mexicano (SEPOMEX) con acuse de recibo, mensajería privada con constancia firmada (Estafeta, DHL, FedEx), notificación realizada ante notario público conforme a la Ley del Notariado de cada entidad federativa, o burofax con corresponsales locales. La fehaciencia es crítica porque el arrendatario que no recibe aviso oportuno puede invocar la prórroga forzosa del Art. 2486 CCF, y el arrendador que no formaliza la terminación puede ver tácitamente renovado el contrato conforme al Art. 2487 CCF.

Qué incluye este modelo

El aviso de terminación de Doxuno cubre todos los elementos exigidos por la práctica mexicana de arrendamiento, ya sea que lo remita el arrendador o el arrendatario, y para cualquier tipo de inmueble (casa habitación, departamento, local comercial, oficina, bodega o terreno).

Identificación del emisor

Datos del arrendador o arrendatario que remite el aviso, con RFC y CURP

Identificación del destinatario

Razón social o nombre completo del receptor con domicilio para notificaciones

Identificación del contrato

Fecha del contrato, dirección del inmueble, vigencia y renta mensual

Motivo de la terminación

No renovación, mutuo consentimiento, incumplimiento o necesidad de uso propio

Fecha efectiva de la terminación

Día exacto en que el contrato cesa y debe entregarse el inmueble

Cumplimiento del preaviso (Art. 2484 CCF)

Verificación del plazo mínimo de un mes para mensualidades o dos meses para años

Entrega del inmueble

Fecha y hora propuestas para la entrega-recepción con acta y lecturas finales

Liquidación de adeudos y servicios

Rentas pendientes, agua, luz, gas, predial, mantenimiento al día

Devolución del depósito en garantía

Importe, plazo (30 días) y CLABE del arrendatario para la devolución

Reserva de derechos

Reserva de acciones de cumplimiento, rescisión y desocupación (Art. 1949 CCF)

Notas legales (CCF + legislación local)

Referencias al Art. 2484 CCF, Art. 2448-C CCF y a la Ley Inquilinaria local

Firma del emisor

Bloque de firma profesional con identificación fiscal del firmante mexicano

Cómo crear su aviso de terminación de arrendamiento

No se requieren conocimientos jurídicos previos. El generador de Doxuno lo guía sección por sección hasta obtener un PDF profesional, válido en todo el territorio de México.

  1. 1

    Indique el rol del emisor

    Seleccione si el aviso lo remite el arrendador (propietario que solicita la desocupación o no renueva) o el arrendatario (inquilino que decide no continuar). Esta selección activa los textos legales correctos: para el arrendador, las referencias a los Arts. 2487 y 2489 CCF; para el arrendatario, el Art. 2490 CCF. Capture nombre completo o razón social, RFC, CURP cuando aplique, domicilio fiscal en México y datos de contacto.

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    Identifique al destinatario y el contrato

    Consigne razón social o nombre del destinatario con domicilio para notificaciones (debe ser idóneo para acreditar la entrega del aviso). A continuación capture fecha del contrato original, dirección exacta del inmueble en México, tipo (casa habitación, departamento, local comercial, oficina, bodega o terreno), inicio y término de la vigencia, y renta mensual en pesos. El régimen aplicable depende del tipo: para habitación rigen los Arts. 2447, 2448 y 2448-K CCF (plazo mínimo 1 año, derechos irrenunciables); para comercial, el régimen general 2398-2496 CCF.

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    Seleccione el motivo de la terminación

    Elija entre las cuatro causales del modelo: (1) no renovación al vencimiento (Art. 2483 fr. I CCF), (2) mutuo consentimiento (Art. 2483 fr. II CCF), (3) incumplimiento de la otra parte (Arts. 2489-2490 CCF), o (4) necesidad de uso propio del arrendador. Detalle por escrito el motivo cuando se trate de incumplimiento (falta de pago de dos o más mensualidades, daños al inmueble, cambio de uso) o necesidad de uso propio. La motivación clara facilita la conciliación y refuerza la posición jurídica si el conflicto llega ante los Juzgados Civiles mexicanos.

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    Fije la fecha efectiva y el preaviso

    Establezca la fecha efectiva de terminación y los días de preaviso otorgados. El Art. 2484 CCF exige preaviso mínimo de un mes para arrendamientos por mensualidades y de dos meses para arrendamientos por años. En arrendamiento de casa habitación rige adicionalmente el plazo mínimo de 1 año del Art. 2448-C CCF, irrenunciable conforme al Art. 2448-A CCF. Verifique también la legislación inquilinaria de la entidad federativa donde se ubica el inmueble (CDMX, Jalisco, Nuevo León, Querétaro, Estado de México tienen reglas particulares).

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    Regule la entrega y descargue el PDF

    Indique fecha y hora propuestas para la entrega-recepción del inmueble en México, monto pendiente (en su caso), depósito en garantía a devolver y CLABE bancaria del arrendatario para la transferencia. El modelo prevé el levantamiento de acta de entrega-recepción con inventario, lecturas finales de servicios y entrega de llaves. Su aviso se generará como PDF profesional listo para enviar por correo certificado SEPOMEX, mensajería con acuse, notificación notarial mexicana o burofax — todas las vías reconocidas para acreditar la fehaciencia.

Consideraciones jurídicas en México

Este modelo está diseñado para ser válido en todo el territorio de México. Antes de remitir el aviso conviene revisar varios aspectos jurídicos que dependen del tipo de inmueble, del motivo de terminación y de la entidad federativa donde se ubique.

Este modelo se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Para conflictos por incumplimiento, juicios de desocupación o controversias sobre la devolución del depósito, consulte con un abogado titulado en el sistema jurídico mexicano.

Revisado por profesionales del derecho. El contenido de esta página y las cláusulas del modelo han sido revisados conforme al Código Civil Federal mexicano, en particular los Arts. 2483 a 2515 sobre terminación de arrendamiento.

Causales de terminación — Art. 2483 CCF

El Art. 2483 del Código Civil Federal mexicano enumera las causales de terminación del arrendamiento: cumplimiento del plazo (fr. I), mutuo consentimiento (fr. II), confusión, evicción, pérdida total de la cosa por caso fortuito o fuerza mayor, expropiación por causa de utilidad pública conforme a la Ley de Expropiación, y rescisión por incumplimiento. El Art. 2487 CCF añade la posibilidad de resolución por hechos posteriores que hicieren imposible o gravemente onerosa la subsistencia del contrato. Cada causal tiene requisitos probatorios y procedimentales propios; antes de remitir el aviso conviene identificar correctamente la causal aplicable en México y reunir los soportes documentales necesarios para una eventual controversia ante los Juzgados Civiles.

Preaviso obligatorio — Art. 2484 CCF

El Art. 2484 del CCF mexicano establece el plazo mínimo de preaviso para la terminación de arrendamientos en función de la unidad de tiempo pactada para el pago de la renta: en arrendamientos por mensualidades, el aviso debe darse por lo menos con un mes de anticipación; en arrendamientos por años, con dos meses. En la práctica mexicana muchos contratos pactan plazos más largos (45, 60 o 90 días) para dar mayor margen de búsqueda al arrendatario o al arrendador. El incumplimiento del preaviso puede ocasionar la prórroga tácita del contrato y la responsabilidad por daños y perjuicios. Para arrendamiento de casa habitación, el Art. 2448-C CCF obliga a un plazo mínimo de un año y los derechos del arrendatario son irrenunciables conforme al Art. 2448-A CCF.

Devolución del inmueble y del depósito

Los Arts. 2509 a 2515 del CCF regulan las obligaciones a la devolución del inmueble en México: el arrendatario debe entregarlo en las mismas condiciones en que lo recibió, salvo el deterioro natural por uso normal y conforme al destino convenido (Arts. 2412 y 2467 CCF). En la práctica mexicana es indispensable levantar acta de entrega-recepción con inventario, fotografías, lecturas de servicios (agua, luz, gas) y firma de ambas partes. El depósito en garantía —limitado a un mes de renta en arrendamiento de casa habitación conforme al Art. 2448-E CCF— debe devolverse íntegro dentro de los 30 días naturales siguientes a la entrega, salvo descuentos justificados por daños o adeudos. La retención indebida del depósito da lugar a acción de cumplimiento ante los Juzgados Civiles mexicanos.

Vías de notificación y juicio de desocupación

En México las vías reconocidas para notificar el aviso son: correo certificado del Servicio Postal Mexicano (SEPOMEX) con acuse de recibo, mensajería privada con constancia firmada (Estafeta, DHL, FedEx, Redpack), notificación realizada ante notario público mexicano conforme a la Ley del Notariado de la entidad federativa, y burofax con corresponsales locales. La notificación notarial es la más sólida porque genera fe pública oponible a terceros conforme al Art. 2034 CCF. Si la otra parte no atiende el aviso, el arrendador puede iniciar el juicio especial de desocupación ante los Juzgados Civiles del fuero común competentes por el domicilio del inmueble en México, o el juicio de cumplimiento de pago de rentas conforme a los Arts. 489 a 521 del Código de Procedimientos Civiles aplicable.

Preguntas frecuentes

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