Contenido jurídico específico por país
Redactado con conocimiento jurídico para cada jurisdicción, mucho más completo que los borradores generados por IA, que copian cláusulas genéricas entre países.
Un contrato de arrendamiento comercial redactado conforme al derecho mexicano para locales, oficinas, bodegas y naves industriales. Identifique a las partes (persona física o moral con RFC), fije renta más IVA al 16%, incluya fiador o póliza jurídica, regule giro autorizado y exclusividad, y descargue un PDF profesional listo para firma.
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Un contrato de arrendamiento de local comercial es el contrato por el cual el arrendador concede al arrendatario el uso temporal de un inmueble destinado a actividad económica empresarial —tienda, restaurante, oficina, consultorio, bodega, nave industrial, taller, franquicia—, a cambio de una renta mensual determinada en pesos mexicanos. En México este contrato combina el régimen civil del Código Civil Federal con disposiciones del Código de Comercio (CCom) y de la Ley del IVA, lo que lo distingue del arrendamiento de casa habitación.
A diferencia del régimen reforzado de los Arts. 2448 a 2448-K CCF aplicable a vivienda, el arrendamiento comercial se rige por el régimen general del CCF (Arts. 2398 a 2496) y queda sujeto a la libertad contractual del Art. 1839 CCF. Esto significa que las partes pueden pactar libremente plazo, renta, factor de actualización, garantías y penalidades sin los topes del Art. 2448-D CCF. Adicionalmente, el Art. 75 fr. V del Código de Comercio mexicano califica el arrendamiento mercantil como acto de comercio cuando el arrendatario es comerciante, lo que somete el contrato al régimen mercantil supletoriamente.
En materia fiscal, el arrendamiento de local comercial está gravado con el Impuesto al Valor Agregado al 16% conforme al Art. 1 de la Ley del IVA mexicana. El arrendador debe estar dado de alta en el SAT bajo el régimen de arrendamiento (RIF, RESICO o régimen general según el caso) y emitir CFDI por arrendamiento conforme al Art. 29 del Código Fiscal de la Federación. En la práctica habitual de México la garantía es un fiador con propiedad inmueble inscrita en el Registro Público de la Propiedad o, cada vez con más frecuencia, una póliza jurídica de aseguradora autorizada por la CNSF (Fianzas Atlas, Aserta, Insurgentes). Es muy común pactar depósito reforzado de 2 a 3 meses, exclusividad de giro y derecho del tanto en caso de venta.
El contrato de arrendamiento comercial de Doxuno reúne todos los elementos del régimen civil y mercantil mexicano, con secciones Free para los datos básicos y secciones Expert para reforzar la posición del arrendador en operaciones de mayor cuantía o sensibilidad.
Persona física o moral con RFC, domicilio fiscal y representante legal
Dirección, m², uso comercial autorizado y giro específico de operación
Sin topes del régimen de habitación — duración a conveniencia de las partes
Importe en MXN, día de pago, transferencia SPEI a cuenta CLABE
Tres modalidades — más IVA, IVA incluido o sin IVA con CFDI obligatorio
1, 2 o 3 meses de renta sin topes del Art. 2448-E CCF habitacional
Libertad contractual del Art. 1839 CCF — INPC, INPC+%, fijo o índice mixto
Garante con propiedad inscrita o aseguradora autorizada por la CNSF
Prohibición de cambio de giro y exclusividad por radio del centro comercial
Régimen de mejoras (Art. 2462 CCF) y derecho preferente en caso de venta
Prohibición o autorización condicionada de traspaso del local
Sometimiento a Juzgados Civiles del fuero común o arbitraje CAM-CANACO
No se requieren conocimientos jurídicos previos. El generador de Doxuno lo guía sección por sección hasta obtener un PDF profesional, válido en todo el territorio de México y conforme al régimen civil y mercantil.
Indique si el arrendador y el arrendatario son persona física o persona moral mexicana. Para personas físicas, capture nombre completo, RFC con homoclave, domicilio fiscal y datos de contacto. Para personas morales, capture razón social conforme a la escritura constitutiva ante notario público mexicano, RFC, domicilio fiscal y representante legal con poder notarial bastante (para actos de administración o de dominio según el caso). El RFC es obligatorio en arrendamiento comercial porque el arrendador debe emitir CFDI por arrendamiento conforme al Art. 29 del CFF mexicano.
Capture la dirección exacta del local en México, superficie en m², uso comercial autorizado conforme al uso de suelo de la Alcaldía o municipio (verificar la Constancia de Uso de Suelo emitida por la autoridad local antes de firmar) y el giro específico que desarrollará el arrendatario (restaurante, tienda de ropa, consultorio médico, oficinas administrativas, agencia de viajes, gimnasio, etc.). El detalle del giro es esencial porque limita el uso permitido y refuerza la facultad del arrendador para invocar el Art. 2489 CCF en caso de cambio no autorizado.
Establezca fecha de inicio, duración en meses (lo habitual en arrendamiento comercial mexicano son 12, 24, 36 o 60 meses con renovación automática), renta mensual en MXN, día de pago habitual (1 o 5 del mes) y forma de pago (transferencia SPEI a CLABE bancaria del arrendador). Indique el régimen de IVA aplicable: (a) renta más IVA al 16% (modalidad estándar — el arrendador emite CFDI por arrendamiento más IVA), (b) IVA incluido en la renta (cuando se quiere fijar precio total), o (c) sin IVA cuando aplique exención del Art. 20 LIVA — caso poco frecuente en comercial. Establezca el depósito (1, 2 o 3 meses según negociación).
Configure la actualización (INPC del INEGI, INPC más un factor adicional como 1% o 2%, porcentaje fijo del 5% al 10%, o ningún ajuste para plazos cortos), la garantía reforzada (fiador con propiedad inmueble inscrita en el Registro Público de la Propiedad o póliza jurídica de aseguradora autorizada por la CNSF), la restricción de giro (prohibición de cambio sin autorización por escrito), la exclusividad por radio (km a la redonda dentro del centro comercial — habitual para franquicias), el reparto de gastos comunes (arrendatario, arrendador o proporcional), el régimen de mejoras (revierten al arrendador, se compensan económicamente o son del arrendatario al término), la prohibición o autorización condicionada de traspaso, y el derecho del tanto a favor del arrendatario en caso de venta del local.
Decida si los conflictos se resolverán ante los Juzgados Civiles del fuero común competentes por el domicilio del inmueble en México, o ante arbitraje institucional ante el Centro de Arbitraje de México (CAM-CANACO) o el Centro de Mediación y Arbitraje de la Cámara Nacional de Comercio. Indique ciudad de firma. Su contrato se generará como PDF profesional con bloque de firma para arrendador y arrendatario y, opcionalmente, para el fiador. En arrendamiento comercial no se exige la firma de testigos del Art. 2448-J CCF (ese requisito es del régimen de habitación).
Cuatro elementos que hacen nuestras plantillas más completas que los borradores generados por IA y más actuales que las bibliotecas estáticas.
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Este modelo está diseñado para ser válido en todo el territorio de México. Antes de la firma conviene revisar varios aspectos jurídicos específicos del arrendamiento comercial, donde el régimen mercantil y el fiscal añaden complejidad respecto del arrendamiento residencial.
Este modelo se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Para inmuebles de alto valor, franquicias internacionales, conflictos sobre el régimen de IVA o juicios de desocupación, consulte con un abogado titulado en el sistema jurídico mexicano y, en su caso, con un contador público autorizado.
Revisado por profesionales del derecho. El contenido de esta página y las cláusulas del modelo han sido revisados conforme al Código Civil Federal mexicano, al Código de Comercio y a la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
El arrendamiento de local comercial mexicano se rige por el régimen general del Código Civil Federal (Arts. 2398 a 2496) y no por el régimen reforzado de los Arts. 2448 a 2448-K aplicable a vivienda. Esto tiene consecuencias prácticas importantes: no aplica el plazo mínimo de un año (Art. 2448-C), no aplica el tope INPC al incremento anual (Art. 2448-D), no aplica el límite de un mes al depósito (Art. 2448-E), no aplica la prohibición de subarriendo automática (Art. 2448-I), y no se exige la firma de dos testigos (Art. 2448-J). Las partes operan bajo libertad contractual del Art. 1839 CCF y pueden pactar plazos largos, depósitos reforzados, ajustes anuales superiores al INPC y exclusividades de giro. Esta libertad es la razón por la que el contrato comercial requiere mayor cuidado en su redacción que el residencial.
El Art. 1 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado mexicana grava al 16% el arrendamiento de inmuebles distintos a casa habitación. En arrendamiento de local comercial, oficina, bodega o industrial, el arrendador debe estar dado de alta en el SAT y trasladar el IVA al arrendatario. Las obligaciones fiscales habituales en México son: (1) inscripción en el RFC bajo el régimen de arrendamiento (RIF, RESICO de personas físicas o régimen general según ingresos), (2) emisión mensual de CFDI por arrendamiento conforme al Art. 29 del CFF, (3) presentación de declaraciones mensuales y anuales con cálculo del ISR provisional, (4) retención de ISR cuando el arrendatario es persona moral conforme al Art. 116 LISR. El incumplimiento fiscal expone al arrendador a multas, recargos y, en casos graves, a sanciones penales del Código Fiscal mexicano.
En el mercado mexicano de arrendamiento comercial son habituales tres garantías complementarias: (1) depósito en garantía equivalente a 1, 2 o 3 meses de renta —sin topes del Art. 2448-E CCF habitacional—, (2) fiador con propiedad inmueble inscrita en el Registro Público de la Propiedad de la entidad federativa, regulado por los Arts. 2794 a 2855 CCF (fianza), y (3) póliza jurídica de arrendamiento emitida por aseguradoras autorizadas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) — Fianzas Atlas, Aserta, Insurgentes, ACE — que cubre rentas impagadas, daños al inmueble y honorarios de juicio. Para franquicias internacionales y oficinas corporativas en México es habitual exigir aval bancario o garantía corporativa de la matriz extranjera. Para locales pequeños, el depósito de 2 meses más fianza profesional es la combinación estándar.
El Art. 2462 del CCF mexicano regula las mejoras en el inmueble arrendado: las mejoras útiles y de adorno hechas por el arrendatario se rigen por el pacto contractual y, en su defecto, revierten al arrendador sin compensación al término del contrato. En arrendamiento comercial es habitual pactar que las mejoras estructurales reviertan al arrendador, que las mejoras útiles se compensen económicamente y que el mobiliario y equipo permanezcan del arrendatario. El derecho del tanto del Art. 2447 CCF da al arrendatario preferencia para adquirir el inmueble si el arrendador decide venderlo, en igualdad de condiciones con el tercero ofertante. Por último, el traspaso o cesión del contrato del Art. 2480 CCF está prohibido salvo autorización expresa, y en muchos centros comerciales mexicanos se condiciona a la aceptación del arrendador y al pago de comisión de traspaso.
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