Contenido jurídico específico por país
Redactado con conocimiento jurídico para cada jurisdicción, mucho más completo que los borradores generados por IA, que copian cláusulas genéricas entre países.
Un aviso de privacidad redactado conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) y a los Lineamientos publicados por el INAI. Identifique al responsable, defina finalidades, transferencias, derechos ARCO y obtenga un PDF profesional listo para publicar en su sitio web mexicano o entregar a sus titulares en minutos.
PDF (gratis) + Word editable (.docx) con Expert
| IDENTIDAD | Tienda Digital Moderna, S.A. de C.V. |
| RFC | TDM200810HK7 |
| DOMICILIO | Av. Presidente Masaryk 111, Col. Polanco V Sección, 11560 Ciudad de México |
| CORREO DE CONTACTO | privacidad@tiendadigital.mx |
| TELÉFONO | +52 55 5280 1234 |
| SITIO WEB | https://www.tiendadigital.mx |
Disponible como PDF listo para imprimir o como archivo Microsoft Word (.docx) editable.
El aviso de privacidad es el documento físico, electrónico o en cualquier otro formato que el responsable del tratamiento pone a disposición del titular —cliente, trabajador, candidato, proveedor o usuario— antes o al momento de recabar sus datos personales. Su finalidad es informar quién va a tratar los datos, qué datos se recaban, para qué se utilizan, si se transferirán a terceros y cómo el titular puede ejercer sus derechos. En México, su contenido y obligatoriedad están regulados por los Arts. 8, 15, 16 y 17 de la LFPDPPP, complementados por los Arts. 26 a 31 del Reglamento de la LFPDPPP y por los Lineamientos del Aviso de Privacidad publicados en el DOF el 17 de enero de 2013 por el entonces IFAI (hoy INAI).
Existen tres modalidades. El aviso de privacidad integral contiene todos los elementos exigidos por el Art. 16 LFPDPPP y se emplea cuando el responsable mexicano recaba datos directamente del titular en formularios web, contratos, hojas de inscripción o atención presencial. El aviso simplificado se utiliza cuando los datos se obtienen indirectamente o el espacio es limitado (call centers, formularios cortos), siempre indicando dónde consultar el integral. El aviso corto es la versión mínima para banners, formatos breves o medios visuales (Art. 18 RLFPDPPP). Esta plantilla genera un aviso integral, es decir, el que da plena satisfacción al deber de información impuesto al responsable mexicano.
En México, el aviso de privacidad no es un mero formalismo: es la pieza de cumplimiento más visible para el INAI (Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales) y la primera prueba que se solicita en una verificación o denuncia. Su omisión o incompletitud puede derivar en multas que conforme a los Arts. 64 a 67 de la LFPDPPP oscilan entre 200 y 320,000 días de UMA (Unidad de Medida y Actualización), pudiendo duplicarse cuando se trate de datos sensibles. Adicionalmente, el Art. 16 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra la protección de datos personales como derecho fundamental, lo que refuerza el deber de transparencia frente al titular y la responsabilidad civil del responsable mexicano que incumple.
El aviso de privacidad de Doxuno reúne todos los elementos del Art. 16 LFPDPPP y del Art. 27 del Reglamento, junto a secciones Expert que blindan el cumplimiento ante revisiones del INAI mexicano y operaciones más complejas (cookies, transferencias internacionales, oficial de protección de datos).
Razón social, RFC, domicilio fiscal y datos de contacto en México
Identificación, contacto, laborales, patrimoniales, sensibles (Art. 9)
Distinción Art. 8 LFPDPPP — opt-in para fines no necesarios
Principios de licitud, consentimiento e información (Arts. 6 y 11)
Destinatarios, finalidades y casos del Art. 37 LFPDPPP
Acceso, Rectificación, Cancelación, Oposición — procedimiento Art. 29
Mecanismo y limitaciones por obligaciones fiscales mexicanas
Registro de la PROFECO y de la CONDUSEF
Esenciales, preferencia, estadísticas, marketing — opcional Expert
Mecanismos del Art. 36 LFPDPPP y Arts. 70-74 RLFPDPPP
Obligación del Art. 20 LFPDPPP y Arts. 63-66 del Reglamento
Vías de queja o denuncia conforme al Art. 45 LFPDPPP
No se requieren conocimientos jurídicos previos. El generador de Doxuno lo guía sección por sección hasta obtener un aviso integral profesional, válido en todo el territorio de México.
Indique la denominación o razón social, el RFC, el domicilio fiscal en México, el correo electrónico de contacto y, en su caso, el sitio web. Si actúa como persona física con actividad empresarial o profesionista, consigne también su CURP. La identidad clara del responsable es exigida por el Art. 16 fr. I LFPDPPP y permite al titular saber a quién dirigirse para ejercer sus derechos ARCO o presentar una queja ante el INAI.
Seleccione qué tipo de datos trata: identificación (nombre, RFC, CURP, INE), contacto, laborales, académicos, patrimoniales, biométricos o sensibles. Recuerde que conforme al Art. 9 LFPDPPP los datos sensibles —origen racial o étnico, salud, creencias religiosas, opiniones políticas, preferencias sexuales— y los biométricos requieren consentimiento expreso y por escrito del titular mexicano. Su simple omisión es ya causa de sanción.
Las finalidades primarias son las indispensables para la relación jurídica con el responsable (cumplir un contrato, emitir CFDI conforme al Art. 29 CFF, gestionar entregas, atender garantías). Las secundarias —marketing directo, programas de fidelización, estudios de mercado— requieren consentimiento separado conforme al Art. 8 LFPDPPP, y el titular debe poder oponerse sin afectar la relación primaria.
Indique si los datos se transferirán a terceros (mensajería, procesadoras de pago como Stripe u OpenPay, autoridades como el SAT, sociedades del mismo grupo). Establezca el correo electrónico al que el titular podrá dirigir solicitudes de acceso, rectificación, cancelación u oposición. El responsable mexicano dispone de 20 días hábiles para responder y de 15 días hábiles adicionales para hacer efectiva la respuesta (Art. 32 LFPDPPP).
Incorpore protecciones adicionales como la cláusula de cookies y tecnologías de rastreo, las transferencias internacionales fuera de México, la designación del Oficial de Protección de Datos (Art. 30 LFPDPPP), los criterios de retención conforme al Art. 67 CFF y al Art. 1047 CCom, y el procedimiento de notificación de vulneraciones de seguridad. Su aviso se generará como PDF profesional, listo para publicarse en su sitio web mexicano o entregarse al titular.
Cuatro elementos que hacen nuestras plantillas más completas que los borradores generados por IA y más actuales que las bibliotecas estáticas.
Redactado con conocimiento jurídico para cada jurisdicción, mucho más completo que los borradores generados por IA, que copian cláusulas genéricas entre países.
Las plantillas con referencias legales se actualizan continuamente cuando cambia la ley. Su documento refleja siempre el marco normativo vigente.
Descarga gratuita. Texto vectorial, fuentes incrustadas y citas legales integradas en las cláusulas. Imprimir, firmar y archivar. Apto para cualquier flujo de firma, incluida la firma electrónica.
Siga editando en Word tras la descarga. Añada cláusulas a medida, reutilice la plantilla para acuerdos similares o compártala con un compañero para revisión colaborativa.
Requiere desbloqueo Expert único o cualquier suscripción Doxuno de pago.
Cada plantilla se redacta de forma nativa para su país, se apoya en la normativa que realmente le aplica y se mantiene al día con cada cambio en la ley; nunca un formulario genérico pasado por un traductor.
Este modelo está diseñado para ser válido en todo el territorio de México y supera la verificación documental del INAI mexicano. Antes de publicarlo conviene revisar puntos clave, especialmente cuando hay datos sensibles, transferencias internacionales o tratamientos automatizados.
Este modelo se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Para tratamientos que involucren datos sensibles a gran escala, transferencias internacionales fuera de México o decisiones automatizadas con impacto significativo, consulte con un abogado titulado o un consultor certificado en protección de datos personales conforme al esquema mexicano.
Revisado por profesionales del derecho. El contenido de esta página y las cláusulas del modelo han sido revisados conforme a la LFPDPPP, su Reglamento y los Lineamientos del Aviso de Privacidad de México, garantizando un cumplimiento sólido frente al INAI.
La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), publicada en el DOF el 5 de julio de 2010, regula el tratamiento de datos personales por sujetos privados en México. Su Art. 6 establece los principios rectores: licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad. El Art. 16 LFPDPPP enumera el contenido mínimo del aviso integral (identidad del responsable, datos recabados, finalidades, mecanismos para manifestar negativa, transferencias, ARCO, cambios al aviso). El Reglamento (Arts. 26-31) precisa la diferencia entre aviso integral, simplificado y corto. La omisión, falsedad o presentación incompleta del aviso es sancionable conforme al Art. 64 fr. I LFPDPPP, con multas que oscilan entre 100 y 160,000 días de UMA en México.
El Art. 3 fr. VI LFPDPPP define como datos personales sensibles aquellos que afectan la esfera más íntima del titular o cuyo uso indebido puede dar origen a discriminación o conlleve un riesgo grave: origen racial o étnico, estado de salud presente o futuro, información genética, creencias religiosas, filosóficas y morales, afiliación sindical, opiniones políticas, preferencia sexual. Su tratamiento requiere consentimiento expreso y por escrito del titular mexicano (Art. 9 LFPDPPP), mediante firma autógrafa o firma electrónica avanzada. Adicionalmente, el responsable debe justificar la proporcionalidad: solo recabar los datos sensibles estrictamente necesarios para la finalidad (Art. 13 LFPDPPP). Las multas por tratar datos sensibles sin consentimiento expreso pueden duplicarse conforme al Art. 64 párrafo último.
Los Arts. 22 a 35 LFPDPPP regulan los derechos ARCO del titular en México. Acceso (conocer qué datos se tratan y para qué); Rectificación (corregir datos inexactos o incompletos); Cancelación (suprimir datos cuya retención no esté justificada); Oposición (rechazar el tratamiento para fines específicos). El procedimiento exige solicitud escrita con identificación del titular, descripción precisa de los datos y firma; el responsable mexicano dispone de 20 días hábiles para resolver y 15 días hábiles adicionales para hacer efectiva la respuesta. Si el titular considera que su derecho fue vulnerado, puede presentar una solicitud de protección de derechos ante el INAI conforme al Art. 45, abriendo un procedimiento de verificación que puede culminar en sanciones administrativas.
El Art. 36 LFPDPPP exige consentimiento del titular para transferir datos a terceros, salvo los supuestos del Art. 37: cuando esté prevista en una ley o tratado, sea necesaria para prevención o diagnóstico médico, se transfiera entre sociedades del mismo grupo controlador con políticas comunes, sea necesaria por virtud de un contrato celebrado en interés del titular, o sea precisa para reconocer, ejercer o defender un derecho en proceso judicial. Las transferencias al SAT (Servicio de Administración Tributaria) para emitir CFDI, retener ISR e IVA o reportar declaraciones se ubican en este último supuesto y por tanto no requieren consentimiento adicional. Sin embargo, el aviso de privacidad mexicano debe informar al titular que sus datos serán transferidos al SAT en cumplimiento de obligaciones fiscales (Arts. 29 y 29-A CFF), lo que satisface el deber de transparencia frente al INAI.
Complete los datos en pocos minutos y obtenga un aviso de privacidad integral profesional, válido conforme a la legislación mexicana de protección de datos personales y a los criterios del INAI. Gratuito, sin necesidad de crear cuenta para la versión básica.
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