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Un escrito de solicitud de divorcio por mutuo consentimiento ante el Juez Familiar mexicano, con el convenio del Art. 273 CCF que regula custodia, alimentos, vivienda y, en su caso, liquidación de la sociedad conyugal. Documente con claridad cada acuerdo entre los cónyuges para presentar el escrito conjunto y descargue el PDF profesional listo para firma.
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El divorcio voluntario —también llamado divorcio por mutuo consentimiento— es la modalidad de disolución del vínculo matrimonial en México que se tramita cuando ambos cónyuges, de común acuerdo, deciden poner fin al matrimonio sin necesidad de invocar causales específicas ni atribuir culpa a ninguno de ellos. Se rige por los <strong>artículos 266 y siguientes del Código Civil Federal (CCF)</strong> y por las normas del Código Civil de cada entidad federativa mexicana, que en su mayoría han adoptado desde 2008-2010 el modelo del <strong>divorcio incausado</strong> introducido por la Ciudad de México, eliminando las antiguas causales subjetivas. Reconoce el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad declarado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El derecho mexicano contempla dos vías procesales para el divorcio voluntario. La <strong>vía administrativa</strong> (Art. 272 CCF) se tramita ante el Juez del Registro Civil de la entidad federativa correspondiente y solo procede cuando concurren tres requisitos cumulativos: (a) los cónyuges son mayores de edad; (b) tienen al menos un año de casados; (c) <strong>no hay hijos menores de edad ni mayores incapaces</strong> y <strong>no existen bienes en común</strong> que liquidar. Si falta cualquiera de estos requisitos, la vía es la <strong>judicial</strong> ante el Juez Familiar competente, regulada por el Art. 273 CCF y los códigos procesales civiles de cada entidad federativa de México.
El <strong>convenio del Art. 273 CCF</strong> es la pieza central del divorcio voluntario judicial mexicano. Es el acuerdo escrito que ambos cónyuges presentan al Juez Familiar y que debe regular obligatoriamente: la designación de la persona que tendrá la <strong>guarda y custodia</strong> de los hijos durante y después del procedimiento, el régimen de <strong>visitas y convivencias</strong>, el monto de la <strong>pensión alimenticia</strong> a favor de los hijos y, en su caso, del cónyuge necesitado, la <strong>casa habitación</strong> que se asignará a los hijos y al cónyuge custodio, la <strong>administración de los bienes</strong> de la sociedad conyugal y, si existe, las bases para su <strong>liquidación</strong>. Sin convenio o con convenio incompleto, el Juez no puede aprobar el divorcio. La validez del convenio se mide por el <strong>interés superior de la niñez</strong>, principio reconocido en el Art. 4 de la Constitución mexicana y en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
El modelo de Doxuno reúne todos los puntos exigidos por el Art. 273 CCF mexicano para el divorcio voluntario judicial, con secciones Expert para casos donde existe pensión compensatoria al cónyuge necesitado o liquidación de la sociedad conyugal.
Nombre, CURP, RFC, nacionalidad, ocupación y domicilio de cada uno
Fecha, lugar, número de acta y oficialía del Registro Civil mexicano
Sociedad conyugal o separación de bienes, conforme al Art. 178 CCF
Compartida o a favor de uno de los cónyuges, con interés superior de la niñez
Días, horarios, vacaciones y festividades para el progenitor no custodio
Monto en MXN o porcentaje de salario conforme a los Arts. 308-309 CCF
Asignación de uso a hijos, a uno de los cónyuges o venta y reparto
Para el cónyuge en estado de necesidad conforme al Art. 287 CCF
Adjudicación, mantenimiento en común o venta de bienes patrimoniales
Juzgado competente por domicilio conyugal en su entidad federativa
Escrito presentado por ambos cónyuges con representación letrada
Recordatorio del Art. 272 CCF cuando procede divorcio ante Registro Civil
No se requieren conocimientos jurídicos previos para preparar el escrito. El generador de Doxuno lo guía paso a paso hasta obtener un PDF que sirve de base para la presentación ante el Juzgado Familiar mexicano competente; se recomienda que un abogado titulado revise el documento antes de presentarlo.
Capture el nombre completo, CURP de 18 caracteres, RFC, nacionalidad, ocupación y domicilio actual de cada cónyuge. Si los cónyuges viven separados, indique el domicilio actual de cada uno (relevante para fijar la competencia territorial del Juzgado Familiar mexicano). Anote la fecha aproximada de separación de hecho, que el Juez puede tener en cuenta al ponderar la voluntad de no continuar con la vida en común conforme a los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Indique la <strong>fecha y lugar de celebración del matrimonio</strong> y el <strong>número del acta del Registro Civil</strong> con la oficialía correspondiente — esta información se obtiene de la copia certificada del acta de matrimonio mexicano. Capture también el <strong>régimen patrimonial</strong>: sociedad conyugal (régimen legal supletorio si nada se pactó) o separación de bienes (si hubo capitulaciones matrimoniales conforme al Art. 178 CCF). El régimen determinará si procede la liquidación de la sociedad conyugal en el convenio.
Si tienen hijos menores, ingrese sus datos (nombre, fecha de nacimiento, CURP). Acuerden la <strong>guarda y custodia</strong> (compartida es cada vez más frecuente en México y respaldada por la SCJN como compatible con el interés superior de la niñez), el <strong>domicilio principal</strong> de los hijos, el <strong>monto de pensión alimenticia</strong> en MXN o como porcentaje del salario del progenitor obligado conforme a los Arts. 308-309 CCF mexicano (que incluye comida, vestido, vivienda, salud, educación y recreación), y el <strong>régimen de visitas y convivencias</strong> con días entre semana, fines de semana, vacaciones y festividades.
Indique la dirección de la <strong>vivienda familiar</strong>, su titularidad (de ambos en copropiedad, de uno solo, o arrendada al casero) y a quién se asigna su uso durante y después del divorcio: a los hijos con el cónyuge custodio (regla general bajo el principio del interés superior de la niñez), a uno de los cónyuges, o se vende y reparte el producto. Si uno de los cónyuges ha quedado en estado de necesidad económica —especialmente tras dedicar tiempo a tareas del hogar—, pueden pactar <strong>pensión compensatoria</strong> conforme al Art. 287 CCF mexicano, indicando monto y duración (temporal o indefinida).
Si el régimen es <strong>sociedad conyugal</strong>, especifiquen cómo se liquidan los bienes: adjudicación de bienes específicos a cada cónyuge, mantenimiento en común con administración acordada, o venta y reparto del producto. Listen los bienes principales (inmuebles con dirección, vehículos con placas, cuentas bancarias). Una vez completado el escrito, debe ser firmado por ambos cónyuges y presentado ante el <strong>Juez Familiar</strong> competente del domicilio conyugal o del último domicilio común; en muchas entidades federativas mexicanas se exige también el patrocinio de uno o dos abogados con cédula profesional.
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El divorcio voluntario en México combina normas federales del CCF y de cada entidad federativa, principios constitucionales sobre familia y niñez, y procedimientos judiciales específicos. Antes de presentar el escrito conviene revisar varios puntos clave.
Este modelo se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. El divorcio en México requiere patrocinio letrado en la mayoría de las entidades federativas y revisión cuidadosa del convenio para proteger los derechos de los hijos y de cada cónyuge. Consulte siempre con un abogado titulado especializado en derecho familiar mexicano.
Revisado por profesionales del derecho familiar. El contenido y el modelo de convenio han sido revisados conforme al Código Civil Federal mexicano, a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a la jurisprudencia de la SCJN sobre divorcio incausado y custodia compartida, y a la práctica de los Juzgados Familiares de las principales entidades federativas de México.
El derecho mexicano reconoce dos rutas procesales para el divorcio voluntario. La <strong>vía administrativa</strong> (Art. 272 CCF) ante el <strong>Juez del Registro Civil</strong> de la entidad federativa procede solo cuando: (a) ambos cónyuges son mayores de edad, (b) tienen al menos un año de casados, (c) <strong>no hay hijos menores ni mayores incapaces</strong>, y (d) <strong>no existen bienes en común</strong> a liquidar. Es rápida y económica. La <strong>vía judicial</strong> (Art. 273 CCF) ante el <strong>Juez Familiar</strong> es obligatoria cuando hay hijos menores, hijos mayores incapaces o bienes que liquidar; requiere el escrito de solicitud, el convenio firmado por ambos cónyuges, copia certificada del acta de matrimonio, copias de las actas de nacimiento de los hijos y comprobantes que respalden el patrimonio. El proceso tarda de 3 a 8 meses según la carga del Juzgado en cada entidad mexicana.
En México el <strong>interés superior de la niñez</strong> es principio rector reconocido en el Art. 4 de la Constitución y en la <strong>Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes</strong> (LGDNNA). El Juez Familiar mexicano evalúa el convenio de divorcio teniendo este principio como prioridad: si considera que algún acuerdo sobre custodia, visitas o alimentos perjudica a los menores, puede <strong>modificarlo</strong>. La <strong>custodia compartida</strong> se ha consolidado en la jurisprudencia de la SCJN (Tesis 1a./J. 23/2014 y posteriores) como compatible con el interés superior de la niñez cuando ambos progenitores tienen capacidad y voluntad de coparentalidad. La <strong>opinión del menor</strong>, conforme a su edad y madurez, debe ser escuchada (Arts. 71-73 LGDNNA), y muchos Juzgados Familiares mexicanos la entrevistan en cámara cerrada con apoyo de psicólogo del DIF (Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia).
Los <strong>alimentos</strong> en el derecho mexicano comprenden, conforme al Art. 308 CCF, comida, vestido, habitación, asistencia en casos de enfermedad y, tratándose de menores, los gastos necesarios para su educación primaria y secundaria, así como para proporcionarles oficio, arte o profesión adecuados. La obligación alimenticia es <strong>proporcional</strong> a las necesidades del que los recibe y a las posibilidades económicas del que los debe (Art. 311 CCF). Habitualmente se fija como <strong>porcentaje del salario</strong> del progenitor obligado (15-30% por cada hijo, sin exceder el 50% total) o como <strong>monto fijo en MXN</strong> actualizable conforme al INPC. La <strong>pensión compensatoria</strong> (Art. 287 CCF) procede al cónyuge inocente que se haya dedicado al hogar o que esté en estado de necesidad; puede ser temporal o indefinida y los Tribunales mexicanos la han desarrollado ampliamente para casos de mujeres que dejaron carrera profesional por cuidados familiares.
Cuando el matrimonio mexicano se celebró bajo <strong>sociedad conyugal</strong> (régimen legal supletorio si nada se pactó), el divorcio implica su <strong>liquidación</strong>: identificación de bienes comunes, deducción de deudas comunes y reparto del remanente entre los ex cónyuges, regulada por los Arts. 183-218 CCF. Si entre los bienes hay <strong>inmuebles</strong>, la adjudicación final exigirá <strong>escritura pública ante notario</strong> e inscripción en el <strong>Registro Público de la Propiedad</strong> de la entidad federativa donde se ubique el bien, con pago del <strong>Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI)</strong> —aunque muchas entidades federativas mexicanas otorgan exención total o reducción cuando la adjudicación deriva de divorcio—. Si el régimen es <strong>separación de bienes</strong> (con capitulaciones matrimoniales firmadas), no hay liquidación: cada cónyuge conserva lo que está a su nombre.
Complete los datos en pocos minutos y obtenga el escrito de solicitud y el convenio del Art. 273 CCF mexicano, listo para revisión por su abogado antes de presentarse al Juzgado Familiar competente. La versión Expert incluye pensión compensatoria y liquidación detallada de sociedad conyugal.
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