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Fiscal & FacturaciónMX

Modelo gratuito de Factura comercial — México (CFDI 4.0)

Una factura lista para emitir conforme al Anexo 20 del SAT y al CFDI 4.0 vigente en México desde abril de 2023. Cargue los datos del comprobante, calcule subtotales en pesos mexicanos, aplique IVA 16% y descargue un PDF profesional listo para entregar a su cliente en territorio mexicano.

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Uso gratuitoPDF instantáneoSin cuenta requerida
FACTURA
A-2026/01085
Mobiliario Industrial Hércules, S.A. de C.V.
Calzada Ignacio Zaragoza 5320, Col. Agrícola Oriental, 08500 Iztacalco, Ciudad de México
FECHA EMISIÓN
15 de mayo de 2026
VENCIMIENTO
14 de junio de 2026
MÉTODO DE PAGO
PPD
MONEDA
MXN
DE
Mobiliario Industrial Hércules, S.A. de C.V.
NIF/CIF: RFC MIH150228GH4
Calzada Ignacio Zaragoza 5320, Col. Agrícola Oriental, 08500 Iztacalco, Ciudad de México
facturacion@mobiliariohercules.mx
+52 55 5783 6210
Régimen 601
FACTURAR A
Cadena Restaurantera Sabor Auténtico, S.A. de C.V.
NIF/CIF: RFC CRS200722RT8
Av. Eugenio Garza Sada 3450, Col. Lagos del Bosque, 64890 Monterrey, Nuevo León
cuentas.por.pagar@saborautentico.mx
Nº de pedido: Uso CFDI: I02
Descripción del conceptoCant.UnidadPrecio unitarioImporte
Mesa industrial de acero inoxidable 304, dimensiones 180×80×85 cm, con entrepaño12PZA8,500.00 MXN102,000.00 MXN
Estantería de almacenaje 4 niveles, 200×60×180 cm, capacidad 200 kg/nivel8PZA4,200.00 MXN33,600.00 MXN
Servicio de transporte e instalación en sitio (CDMX a Monterrey)1SVC15,000.00 MXN15,000.00 MXN
Capacitación al personal sobre uso y mantenimiento del mobiliario4HRA850.00 MXN3,400.00 MXN
Subtotal154,000.00 MXN
IVA trasladado (16%)24,640.00 MXN
TOTAL A PAGAR178,640.00 MXN
Importe total con letra
178,640 pesos 00/100 M.N.
Forma de pago y observaciones
Forma de pago: Por definir · Método: PPD — Pago en parcialidades o diferido
CLABE para depósito: 012180001234567894
Uso CFDI declarado por el receptor: I02
Pago a 30 días vista. Garantía de 12 meses por defectos de fabricación. Para pagos en parcialidades se emitirá CFDI complemento de pagos por cada abono.
Aviso fiscal — CFDI 4.0
· Documento comercial emitido conforme a los Art. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. Este documento debe complementarse con el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI 4.0) sellado por el SAT a través de un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC).
· Conserve este documento por al menos 5 años conforme al Art. 67 CFF (caducidad de facultades de la autoridad fiscal). Los registros mercantiles deben conservarse por 10 años conforme al Art. 1047 CCom.

¿Qué es una factura en México?

En México una factura es el comprobante fiscal que respalda la enajenación de bienes, la prestación de servicios o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, conforme al Art. 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF). Desde 2014 toda factura debe emitirse de forma electrónica como CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet), validada y timbrada por un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) registrado ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Sin CFDI no existe deducción ni acreditamiento fiscal en México.

Desde el 1 de abril de 2023 está en vigor obligatoria la versión CFDI 4.0, que sustituyó a la 3.3 después de un periodo de coexistencia. La nueva versión exige consignar el régimen fiscal del receptor, el código de uso del CFDI (G01-G03 gastos, P01 por definir, etc.), el método de pago (PUE pago en una sola exhibición o PPD pago en parcialidades o diferido), la forma de pago (catálogo c_FormaPago 01-99) y el RFC + nombre exactos como aparecen en la Constancia de Situación Fiscal del receptor. Los errores en estos datos generan rechazo del CFDI por el SAT.

En México conviven varios tipos de comprobante: la factura de "Ingreso" (tipo I — venta y servicios), el "Egreso" (tipo E — notas de crédito y devoluciones), "Traslado" (tipo T — movimiento de mercancías sin enajenación), "Nómina" (tipo N — pagos a trabajadores), "Pago" (tipo P — recibo electrónico de pagos en parcialidades), y los complementos como Carta Porte (CCP 3.1) obligatorio para transporte. La omisión de cualquiera de los requisitos del Art. 29-A CFF o la emisión sin estar dado de alta en el SAT expone al contribuyente mexicano a sanciones que pueden incluir multa por cada operación no facturada y hasta delito de defraudación fiscal en casos graves.

Qué incluye este modelo de factura

El modelo de factura de Doxuno contempla todos los elementos exigidos por el Art. 29-A del CFF y por el Anexo 20 del SAT, junto a un diseño profesional pensado para empresas, profesionistas y emprendedores que facturan a clientes en México.

Datos completos del emisor

Razón social, RFC con homoclave, régimen fiscal, domicilio fiscal

Datos completos del receptor

RFC, nombre, código postal y régimen fiscal exactos según Constancia SAT

Folio fiscal y serie

UUID generado por el PAC al timbrar el CFDI

Sello digital del SAT y del emisor

Cadena original y certificado de sello digital (CSD)

Conceptos en pesos mexicanos

Tabla con clave SAT, descripción, cantidad, unidad, precio y subtotal

Cálculo automático de IVA

16% tasa general, 8% región fronteriza, 0% exportación o exento

Retenciones aplicables

Retención 4% IVA fletes, 10% ISR honorarios, 10.67% IVA persona física

Importe total con letra

Cantidad escrita en letras como exige el uso comercial mexicano

Uso del CFDI y método de pago

Catálogos SAT: G03 gastos, P01 por definir; PUE / PPD

Forma de pago (c_FormaPago)

01 efectivo, 03 transferencia, 04 tarjeta crédito, etc.

Datos bancarios CLABE

CLABE interbancaria de 18 dígitos para transferencia SPEI

Conservación 5 años (Art. 30 CFF)

Recordatorio del plazo legal de archivo del CFDI mexicano

Cómo emitir su factura

Aun sin sistema de facturación, puede preparar el documento profesional que después su PAC autorizado en México timbrará y emitirá como CFDI válido ante el SAT.

  1. 1

    Verifique sus datos en el SAT

    Confirme su RFC, régimen fiscal y código postal en la Constancia de Situación Fiscal — el CFDI 4.0 exige coincidencia exacta con los registros del SAT, de lo contrario el timbrado falla.

  2. 2

    Capture los datos del receptor

    Solicite al cliente su Constancia de Situación Fiscal y consigne el RFC, nombre, código postal y régimen fiscal exactamente como aparecen. Para público en general use RFC genérico XAXX010101000.

  3. 3

    Detalle conceptos y aplique IVA 16%

    Liste cada bien o servicio con su clave SAT (catálogo c_ClaveProdServ), unidad de medida, cantidad y valor unitario en pesos mexicanos. Aplique IVA 16% (8% si está en región fronteriza norte/sur autorizada) y, en su caso, retenciones de ISR 10% e IVA 10.67%.

  4. 4

    Indique uso del CFDI y método de pago

    Seleccione el uso del CFDI según indicación del receptor (G01 adquisición de mercancías, G03 gastos en general, P01 por definir, etc.) y el método: PUE si paga al momento, PPD si paga en parcialidades o crédito.

  5. 5

    Timbre con su PAC y descargue

    Envíe el archivo XML a su Proveedor Autorizado de Certificación, que firmará con sello SAT y devolverá UUID y XML timbrado. Doxuno genera el PDF representativo profesional listo para entregar al cliente en México.

Consideraciones jurídicas y fiscales en México

La factura es un documento con doble naturaleza: comercial (acredita la transacción entre las partes) y fiscal (genera derechos y obligaciones tributarias en México). Su correcta emisión resulta clave para deducir, acreditar y cumplir.

Este modelo se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento fiscal o jurídico. Para situaciones específicas, regímenes especiales o auditorías del SAT, consulte con un contador público certificado o un abogado fiscalista mexicano.

Revisado conforme al CFF, Ley del IVA, Ley del ISR y Anexo 20 del SAT vigente en México. Verifique periódicamente las actualizaciones de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

Requisitos del CFDI 4.0 (Art. 29-A CFF)

El Art. 29-A del Código Fiscal de la Federación establece los requisitos obligatorios del CFDI mexicano: clave del RFC del emisor y receptor, régimen fiscal, número de folio asignado por SAT, sello digital del emisor y del SAT, lugar y fecha de expedición, cantidad, unidad y descripción de bienes o servicios, valor unitario consignado en número, importe total en número y letra, alícuota e importe del IVA, datos del pedimento aduanal cuando se trate de mercancía importada. La omisión de cualquiera de estos requisitos invalida el CFDI para efectos fiscales y, conforme al Art. 83 fr. VII CFF, puede sancionarse con multa por cada CFDI no emitido o emitido con defectos.

IVA mexicano y régimen de retenciones

La Ley del IVA aplicable en México establece tres alícuotas: tasa general del 16%, tasa del 8% en la región fronteriza norte (Decreto 31/12/2018) y región fronteriza sur (Decreto 30/12/2020) prorrogadas, y tasa del 0% para exportación, alimentos básicos y medicinas. Los sujetos obligados a retener IVA en México son las personas morales que reciben servicios de personas físicas (retención del 10.67% = 2/3 del IVA) y servicios de transporte (4% IVA y 4% ISR). En materia de ISR, el Art. 106 LISR obliga al pagador persona moral a retener 10% sobre honorarios profesionales pagados a personas físicas con actividad empresarial y profesional.

Conservación, contabilidad electrónica y cancelación

El Art. 30 del CFF obliga a conservar la contabilidad y los CFDI en formato XML por un plazo de 5 años contados a partir de la fecha en que se presentaron las declaraciones, ampliable a 10 años si se trata de actos o documentos relacionados con créditos fiscales determinados por el SAT. La cancelación de un CFDI requiere desde 2022 la aceptación expresa del receptor (Reform Resolución Miscelánea Fiscal 2022) salvo excepciones (montos hasta 1,000 MXN, errores de captura del mismo día, sin documentación de pago). La contabilidad electrónica del Anexo 24 RMF debe enviarse mensualmente al SAT cuando los ingresos del contribuyente mexicano excedan el límite establecido.

Sanciones y delitos en materia de facturación

Las sanciones administrativas por incumplimientos en la emisión del CFDI van desde multas por cada operación no facturada (Art. 83-84 CFF) hasta la clausura preventiva del establecimiento. En casos de simulación, expedición de comprobantes que amparen operaciones inexistentes o uso de empresas factureras, se actualiza el delito de defraudación fiscal calificada del Art. 108 CFF, sancionado con prisión de 3 meses a 9 años según el monto evadido. El SAT mexicano publica en el Art. 69-B CFF la lista de empresas presuntamente "facturadoras" — operar con ellas genera presunción de inexistencia de operaciones y obliga al receptor a desvirtuar ante el SAT.

Preguntas frecuentes

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