Contenido jurídico específico por país
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Un contrato de arrendamiento residencial redactado conforme al derecho mexicano para casa habitación o departamento. Identifique a las partes, describa el inmueble, fije renta y depósito, incorpore fiador o póliza jurídica y descargue un PDF profesional con cláusulas obligatorias del régimen del Art. 2448 a 2448-K del Código Civil Federal.
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Un contrato de arrendamiento de casa habitación es el contrato mediante el cual el arrendador concede al arrendatario el uso temporal de un inmueble destinado a vivienda, a cambio de una renta mensual determinada en pesos mexicanos. En México este contrato está regulado de manera detallada por el Código Civil Federal (CCF) y por las legislaciones inquilinarias de cada entidad federativa. Es uno de los contratos civiles más utilizados en el país y su correcta redacción es indispensable para evitar conflictos sobre plazo, renta, depósito, garantías y devolución del inmueble.
El régimen mexicano de arrendamiento de finca urbana destinada a habitación se rige por los Arts. 2398 a 2496 del CCF (régimen general) y, de manera especial, por los Arts. 2448 a 2448-K del CCF (régimen reforzado para casa habitación). Este capítulo especial fija el plazo mínimo de un año (Art. 2448-C), limita el incremento anual al INPC o al 10% en vivienda popular (Art. 2448-D), restringe el depósito a un mes de renta (Art. 2448-E), prohíbe la discriminación del arrendatario por estado civil, raza, religión, género u orientación (Art. 2448-F), prevé la renovación tácita (Art. 2448-G), reconoce el derecho preferente del arrendatario (Art. 2448-H), prohíbe el subarriendo sin autorización (Art. 2448-I), exige firma de dos testigos (Art. 2448-J) y obliga a conservar el inmueble en condiciones de habitabilidad (Art. 2448-K).
En la práctica mexicana, el arrendatario presenta una garantía adicional: tradicionalmente un fiador con propiedad inmueble inscrita en el Registro Público de la Propiedad de la entidad federativa, o cada vez con mayor frecuencia una póliza jurídica de arrendamiento emitida por aseguradoras como Fianzas Atlas, Aserta, Insurgentes u otras autorizadas por la CNSF. El contrato debe constar por escrito conforme al Art. 2406 CCF (cuando el plazo excede de 6 meses), firmarse ante dos testigos cuando es de habitación (Art. 2448-J CCF) y, opcionalmente, ratificarse ante notario público mexicano para obtener fecha cierta oponible a terceros conforme al Art. 2034 CCF.
El contrato de arrendamiento de Doxuno reúne todas las cláusulas del régimen mexicano de finca urbana destinada a habitación, con secciones Free para los datos básicos y secciones Expert para reforzar la posición del arrendador en operaciones de mayor cuantía.
Datos completos del arrendador y arrendatario con RFC, CURP y domicilio
Garante con propiedad inmueble o póliza jurídica de aseguradora autorizada
Dirección exacta, m², recámaras, baños, estacionamiento y mobiliario
Cumplimiento del Art. 2448-C CCF para arrendamiento de casa habitación
Importe en MXN, día de pago, transferencia SPEI o efectivo contra recibo
Garantía limitada conforme al régimen mexicano de habitación
Incremento conforme al INPC del INEGI o porcentaje pactado en vivienda no popular
Interés moratorio sobre rentas vencidas conforme al Art. 2117 CCF
Aval con propiedad, depósito reforzado o fianza empresarial
Cobertura obligatoria a cargo del arrendatario o del arrendador
Mascotas, fumar, subarriendo y reglamento de condóminos
Pena convencional, mediación previa y sometimiento a Tribunales Civiles mexicanos
No se requieren conocimientos jurídicos previos. El generador de Doxuno lo guía sección por sección hasta obtener un PDF profesional, válido en todo el territorio de México y conforme al régimen del Código Civil Federal.
Indique nombre completo, RFC, CURP, domicilio, teléfono y correo del arrendador (propietario) y del arrendatario (inquilino). Para personas físicas mexicanas, el RFC con homoclave y la CURP son los identificadores fiscales y poblacionales habituales. Para personas morales, capture razón social, RFC, domicilio fiscal y representante legal con poder notarial bastante. La individualización completa es indispensable para la validez del consentimiento conforme al Art. 1794 CCF y para la oponibilidad del contrato.
Active el bloque de fiador si el arrendatario presentará un garante con propiedad inmueble inscrita en el Registro Público de la Propiedad de la entidad federativa, modalidad tradicional en México. Capture nombre, RFC, domicilio y datos del inmueble del fiador. Si el arrendatario contratará póliza jurídica de aseguradora autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) —Fianzas Atlas, Aserta, Insurgentes, ACE, MetLife— deje el bloque inactivo y agréguelo en cláusulas adicionales.
Capture dirección exacta del inmueble en México, superficie en m², número de recámaras, baños, cajones de estacionamiento, descripción adicional y si está amueblado, parcialmente amueblado o sin mueblar. Fije fecha de inicio, duración en años (mínimo 1 año conforme al Art. 2448-C CCF), renta mensual en MXN, día de pago habitual (1, 5 o 10 del mes), forma de pago (transferencia SPEI a CLABE bancaria, efectivo contra recibo o cheque) y depósito en garantía (1 mes conforme al Art. 2448-E CCF).
Active la actualización anual (INPC del INEGI o porcentaje fijo, respetando el tope del Art. 2448-D CCF en vivienda popular), el interés moratorio sobre rentas vencidas, la garantía reforzada (aval con propiedad, depósito extra, fianza empresarial), el seguro contra incendio (responsabilidad civil habitual del arrendatario), y las restricciones (mascotas con o sin condiciones, fumar prohibido, subarriendo no autorizado). Defina el reparto de cuotas de mantenimiento entre arrendador y arrendatario.
Decida si las partes se someterán a mediación previa ante el Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la entidad federativa, y si los conflictos se resolverán ante los Juzgados Civiles del fuero común competentes por el domicilio del inmueble o ante arbitraje institucional. Indique ciudad de firma. Su contrato se generará como PDF profesional con bloques de firma para arrendador, arrendatario y dos testigos —exigidos por el Art. 2448-J CCF en arrendamiento de casa habitación—.
Cuatro elementos que hacen nuestras plantillas más completas que los borradores generados por IA y más actuales que las bibliotecas estáticas.
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Cada plantilla se redacta de forma nativa para su país, se apoya en la normativa que realmente le aplica y se mantiene al día con cada cambio en la ley; nunca un formulario genérico pasado por un traductor.
Este modelo está diseñado para ser válido en todo el territorio de México. Antes de la firma conviene revisar varios aspectos jurídicos del régimen reforzado de casa habitación, especialmente cuando se trata de vivienda popular o cuando intervienen instituciones como FOVISSSTE, INFONAVIT o subsidios habitacionales.
Este modelo se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Para inmuebles de alto valor, vivienda popular subsidiada, conflictos sobre depósito o juicios de desocupación, consulte con un abogado titulado en el sistema jurídico mexicano.
Revisado por profesionales del derecho. El contenido de esta página y las cláusulas del modelo han sido revisados conforme al Código Civil Federal mexicano, en particular los Arts. 2448 a 2448-K del régimen de finca urbana destinada a habitación.
El régimen reforzado de los Arts. 2448 a 2448-K del CCF mexicano confiere al arrendatario de casa habitación derechos que el Art. 2448-A declara irrenunciables: cualquier cláusula que pretenda privarlo de estas protecciones es nula de pleno derecho. Los derechos clave son: plazo mínimo de un año (Art. 2448-C), tope al incremento anual conforme al INPC en vivienda popular (Art. 2448-D), depósito limitado a un mes de renta (Art. 2448-E), prohibición de discriminación por estado civil, raza, religión, género u orientación (Art. 2448-F), renovación tácita por igual plazo si ninguna parte avisa con anticipación (Art. 2448-G), derecho preferente del arrendatario para adquirir el inmueble en caso de venta (Art. 2448-H), prohibición de subarriendo sin autorización expresa (Art. 2448-I), firma de dos testigos como requisito formal (Art. 2448-J) y obligación del arrendador de mantener el inmueble en condiciones de habitabilidad (Art. 2448-K).
En México se utilizan dos garantías principales en arrendamiento de casa habitación. La tradicional es el fiador con propiedad inmueble inscrita en el Registro Público de la Propiedad de la entidad federativa, regulado por los Arts. 2794 a 2855 CCF (fianza). El fiador responde subsidiariamente del cumplimiento de las obligaciones del arrendatario y debe acreditar mediante boleta predial y certificado de no gravamen que el inmueble está libre de embargos. La alternativa moderna es la póliza jurídica de arrendamiento, contrato de seguro que cubre rentas impagadas, daños al inmueble y honorarios de juicio de desocupación, emitida por aseguradoras autorizadas por la CNSF (Fianzas Atlas, Aserta, Insurgentes, ACE, MetLife). La póliza jurídica es cada vez más común en CDMX, Guadalajara, Monterrey y Querétaro porque agiliza el proceso y libera al arrendatario de pedir favores al fiador.
El Art. 2406 CCF mexicano exige forma escrita cuando el plazo del arrendamiento excede de seis meses. El Art. 2448-J CCF añade el requisito de firma de dos testigos en arrendamiento de casa habitación. La ratificación de firmas ante notario público mexicano no es requisito de validez, pero sí conviene cuando se busca fecha cierta oponible a terceros conforme al Art. 2034 CCF. La inscripción del contrato en el Registro Público de la Propiedad de la entidad federativa es obligatoria cuando el plazo excede de seis años o cuando se reciben rentas anticipadas por más de tres años (Art. 2410 CCF). En la práctica habitual de México, los contratos de arrendamiento residencial de plazo anual se firman privadamente con dos testigos, sin ratificación ni registro.
Cuando el arrendatario incumple el pago de dos o más mensualidades de renta, el arrendador mexicano puede iniciar el juicio especial de desocupación ante los Juzgados Civiles del fuero común competentes por el domicilio del inmueble. El procedimiento se rige por el Código de Procedimientos Civiles de la entidad federativa (en CDMX, los Arts. 489 a 521 del CPC para CDMX) y permite recuperar el inmueble en plazo abreviado. La sentencia condena al arrendatario a desalojar el inmueble, pagar las rentas adeudadas y los honorarios. Si el arrendatario presentó póliza jurídica, la aseguradora cubre el monto reclamado y se subroga en la acción contra el arrendatario. La acción de cobro de rentas prescribe a los cinco años conforme al Art. 1162 CCF.
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