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Modelo gratuito de Declaración Jurada — Argentina

Una declaración jurada redactada conforme al Art. 287 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyCN) y al régimen de instrumentos privados de los Arts. 286, 313 y 314 CCyCN. Sirve para acreditar domicilio, supervivencia, ingresos, convivencia, soltería o cualquier otro hecho ante AFIP, ANSES, RENAPER, bancos, organismos provinciales y demás reparticiones argentinas. Imprimible y lista para certificar firmas si el destinatario lo requiere.

Uso gratuitoPDF instantáneoSin cuenta requerida
DECLARACIÓN JURADA
Instrumento Privado · Art. 287 Ccycn · Bajo Responsabilidad Civil Y Penal
DATOS DEL DECLARANTE
NOMBRE Y APELLIDOMariana Beatriz López Sosa
DNI28.456.789
CUIT / CUIL27-28456789-3
FECHA DE NACIMIENTO12 de marzo de 1988
NACIONALIDADArgentina
ESTADO CIVILsoltera
PROFESIÓN / OCUPACIÓNArquitecta
DOMICILIOAv. Cabildo 2456, piso 4° "B", C1428AAR Ciudad Autónoma de Buenos Aires
CORREO ELECTRÓNICOmariana.lopez@email.com.ar
TELÉFONO+54 9 11 4567-8901
OBJETO Y DESTINATARIO
TIPO DE DECLARACIÓNDeclaración jurada de domicilio
PRESENTADA ANTEBanco Nación Argentina — Sucursal Belgrano
MOTIVO / FINALIDADApertura de caja de ahorro y solicitud de tarjeta de débito
Yo, Mariana Beatriz López Sosa, DNI N° 28.456.789 (CUIT/CUIL: 27-28456789-3), de nacionalidad Argentina, nacido/a el 12 de marzo de 1988, de estado civil soltera, de profesión / ocupación Arquitecta, con domicilio real en Av. Cabildo 2456, piso 4° "B", C1428AAR Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

en mi carácter de declarante, en pleno ejercicio de mis facultades civiles y mentales, conforme a los artículos 286, 287, 288 y 313 del Código Civil y Comercial de la Nación, mediante el presente instrumento privado BAJO JURAMENTO DE DECIR VERDAD y ante Banco Nación Argentina — Sucursal Belgrano,

DECLARO:
1.
CONTENIDO DE LA DECLARACIÓN
Que mi domicilio real, único y permanente es el indicado: Av. Cabildo 2456, piso 4° "B", C1428AAR, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde resido de manera estable desde el 1° de marzo de 2022.

Que dicho inmueble se encuentra a mi nombre, según escritura pública N° 145 otorgada ante el escribano Carlos Méndez (Reg. 234, CABA) el 28 de febrero de 2022.

Que en el mismo conviven, además del/de la suscripto/a:
— Mi pareja, Diego Hernán Fernández Ruiz, DNI 27.345.678.

Que no he cambiado de domicilio en los últimos 12 meses ni planifico hacerlo en los próximos 6 meses.

Que la presente declaración se otorga a los efectos de la apertura de cuenta bancaria, comprometiéndome a notificar fehacientemente al Banco cualquier cambio de domicilio dentro de los 30 (treinta) días corridos de producido.

Documentación que acompaña la presente declaración:
· Copia simple del DNI vigente (frente y dorso)
· Copia simple de factura de servicios (luz/gas/teléfono) a nombre del/de la suscripto/a
· Copia simple de escritura pública N° 145 del Reg. 234 CABA
2.
ASUNCIÓN DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y PENAL
El/la declarante asume plena responsabilidad civil y penal por la veracidad, exactitud e integridad de los hechos y datos consignados en la presente declaración jurada, conforme a:

(a) Responsabilidad civil: Arts. 1716, 1726, 1740 y 1741 del CCyCN — Reparación plena de los daños y perjuicios que la falsedad pudiera irrogar a terceros o a la administración pública, comprendiendo daño emergente, lucro cesante y daño moral.

(b) Responsabilidad penal: Art. 293 del Código Penal (falsedad ideológica de instrumento público o privado destinado a producir efectos legales) — pena de 1 (uno) a 6 (seis) años de reclusión o prisión e inhabilitación absoluta. Asimismo, son aplicables el Art. 294 (uso de documento falso o adulterado), el Art. 296 (falsedad en certificados) y, cuando se preste declaración ante autoridad competente bajo juramento, el Art. 275 (falso testimonio).

El/la declarante manifiesta haber sido debidamente informado/a de las consecuencias civiles y penales derivadas de cualquier inexactitud, ocultamiento o falsedad en los hechos declarados, ratificando bajo juramento la veracidad íntegra de su contenido.
3.
NATURALEZA Y EFICACIA PROBATORIA
La presente declaración constituye INSTRUMENTO PRIVADO conforme a los artículos 286, 287 y 288 del CCyCN, otorgándose por escrito y con firma del declarante (ológrafa o digital — Ley 25.506).

Conforme al Art. 314 CCyCN, esta declaración tendrá plena eficacia probatoria entre las partes y respecto de terceros desde su reconocimiento expreso o tácito, o desde que sea declarada auténtica por sentencia o acto administrativo firme.

Para determinados efectos jurídicos —por ejemplo, transmisión de inmuebles, sucesiones, gestión de pasaportes, trámites migratorios o aduaneros, y otros que la ley disponga— puede requerirse la certificación de la firma por escribano público, autoridad consular argentina, juez competente o autoridad administrativa según corresponda.
En prueba de conformidad, leído y ratificado el presente instrumento bajo juramento de decir verdad, lo firmo en Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 15 de mayo de 2026.
EL/LA DECLARANTE
Mariana Beatriz López Sosa
Fecha: ____________________
Certificación de firma
Espacio reservado para la certificación de firma por escribano público, autoridad migratoria, juez competente, autoridad consular argentina o autoridad administrativa, cuando el destinatario o la normativa aplicable así lo requieran.

Notas legales
· Esta declaración es un instrumento privado con efectos probatorios entre partes (Art. 287 CCyCN).
· La falsedad en sus términos genera responsabilidad civil (Arts. 1716, 1740 CCyCN — reparación plena) y penal (Art. 293 CP — falsedad ideológica, 1-6 años de prisión; Art. 296 — falsedad en certificados; Art. 275 — falso testimonio si hubiere juramento ante autoridad).
· La firma digital conforme a la Ley 25.506 tiene equivalencia funcional con la firma ológrafa.
· Conserve copia de esta declaración por al menos 10 (diez) años conforme al Art. 328 CCyCN.

¿Qué es una declaración jurada?

La declaración jurada (DDJJ) es un instrumento privado por el cual el declarante manifiesta hechos bajo juramento de decir verdad, asumiendo la responsabilidad civil y penal por la veracidad de lo declarado. Es uno de los documentos administrativos más utilizados en Argentina porque permite acreditar de manera ágil situaciones de hecho ante reparticiones públicas (AFIP, ANSES, RENAPER, DNM, DNRPA, organismos provinciales y municipales), entidades bancarias, obras sociales, prepagas, instituciones educativas, empleadores y cualquier tercero que requiera constancia firmada del declarante. La utilidad de la declaración jurada radica en su simplicidad formal: basta con un instrumento privado escrito y firmado para que opere como prueba documental conforme al Art. 287 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyCN, Ley 26.994).

En el ordenamiento argentino, los instrumentos privados se rigen por los Arts. 286 a 319 del CCyCN. El Art. 286 reconoce la libertad de formas de los actos jurídicos; el Art. 287 atribuye a los instrumentos privados la eficacia probatoria correspondiente; el Art. 288 caracteriza la firma como elemento esencial; los Arts. 1145 y 1146 regulan su valor probatorio entre las partes y frente a terceros. Para que la DDJJ tenga fecha cierta oponible a terceros (Art. 317 CCyCN) se requiere certificación de firma ante escribano público u autoridad competente, aunque para muchos trámites administrativos argentinos basta la firma simple del declarante con exhibición del DNI ante el funcionario receptor. La firma digital con certificado emitido por un certificador licenciado por la Secretaría de Innovación Pública —regulada por la Ley 25.506— produce los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita.

Los usos típicos de la declaración jurada en Argentina son numerosos: acreditación de domicilio actual ante AFIP, ANSES, RENAPER o banca; declaración de supervivencia que ANSES exige periódicamente a jubilados y pensionados argentinos; declaración de ingresos para alquileres, créditos personales o solicitudes de tarjetas de crédito; declaración de convivencia o de unión convivencial conforme a los Arts. 509 ss. del CCyCN; declaración de soltería para matrimonios civiles o internacionales; declaración de extravío de documento; declaración de no concurso ni quiebra; declaración aduanera al ingresar al país; declaración impositiva como respaldo de presentaciones ante AFIP. La falsedad de los hechos declarados genera responsabilidad civil (Arts. 1716 y 1740 CCyCN — reparación plena) y penal: el Art. 293 del Código Penal argentino tipifica la falsedad ideológica de instrumento privado con pena de uno a seis años de reclusión o prisión, y el Art. 296 sanciona el uso de documento falso o adulterado.

Qué incluye este modelo

La declaración jurada de Doxuno reúne todas las menciones esenciales requeridas por el CCyCN para operar como instrumento privado válido y aceptado por reparticiones argentinas, con secciones flexibles según el tipo de declaración.

Identificación del declarante

Nombre, DNI, CUIT, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil

Profesión y ocupación

Actividad principal del declarante

Domicilio constituido

Domicilio donde se notificarán las consecuencias del acto

Datos de contacto

Teléfono y correo electrónico para verificación

Tipo de declaración

Domicilio, supervivencia, ingresos, convivencia, soltería

Destinatario de la declaración

AFIP, ANSES, banco, empleador, organismo provincial

Motivo de la declaración

Trámite, propósito o finalidad específica

Contenido detallado

Hechos declarados con precisión y claridad

Documentación adjunta

Listado de comprobantes que respaldan la declaración

Cláusula de juramento

Manifestación expresa "bajo juramento de decir verdad"

Advertencia legal

Mención de los Arts. 293 y 296 del Código Penal argentino

Espacio para certificación

Firma del declarante y certificación si el destinatario la requiere

Cómo redactar su declaración jurada

No se requieren conocimientos jurídicos previos. El generador de Doxuno lo guía paso a paso hasta obtener un PDF profesional listo para firmar y presentar ante AFIP, ANSES, banco, empleador o cualquier organismo argentino.

  1. 1

    Identifique al declarante

    Indique nombre y apellido completo, DNI, CUIT/CUIL, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, estado civil, profesión u ocupación, domicilio constituido en Argentina, teléfono y correo electrónico. La identificación precisa es esencial porque la declaración debe coincidir con los datos de la documentación de identidad. La omisión o el error en alguno de los datos puede invalidar la declaración ante el organismo argentino receptor.

  2. 2

    Defina el tipo de declaración

    Elija el tipo que mejor se adapte a su trámite: declaración general (formato libre), acreditación de domicilio (típica para AFIP, ANSES, banca), declaración de supervivencia (jubilados y pensionados argentinos ante ANSES), declaración de ingresos (alquileres, créditos, tarjetas), declaración de convivencia (uniones convivenciales del Art. 509 CCyCN, beneficios de obra social), declaración de soltería o estado civil, u otra declaración específica. La elección guía al sistema para incorporar las cláusulas habituales del tipo elegido.

  3. 3

    Indique destinatario y motivo

    Consigne el organismo o persona destinataria de la declaración (AFIP, ANSES, RENAPER, DNRPA, banco, empleador, obra social, organismo provincial argentino, particular). Detalle el motivo o propósito de la declaración: presentación de trámite específico, solicitud de beneficio, actualización de datos personales, respaldo documental para una operación. Esta información permite al receptor encuadrar la declaración y archivarla correctamente.

  4. 4

    Redacte el contenido detallado

    Describa los hechos declarados de forma clara, precisa y completa. Para acreditar domicilio: indique la dirección completa (calle, número, piso, departamento, código postal, localidad, partido, provincia argentina) y desde cuándo reside allí. Para supervivencia: declare encontrarse con vida y mantener la situación que generó el beneficio jubilatorio o pensión ANSES. Para ingresos: detalle ingresos mensuales en pesos argentinos, fuente (relación de dependencia, autónomo, monotributo) y duración del vínculo laboral. Sea exhaustivo: hechos omitidos o ambiguos pueden generar rechazo del trámite.

  5. 5

    Liste documentación y firme

    Si la declaración se acompaña con respaldo documental, liste los documentos adjuntos (DNI, factura de servicios, recibo de sueldo, certificado laboral, escritura, partida del registro civil argentino). Firme la declaración. Si el destinatario exige certificación de firma, llévela a escribano público, banco o autoridad competente. Para presentaciones ante AFIP rige el régimen de Clave Fiscal y declaraciones electrónicas; para ANSES, el sistema "Mi ANSES" permite muchas declaraciones digitales. Su declaración se generará como PDF profesional listo para presentar en cualquier oficina argentina.

Consideraciones jurídicas en Argentina

Este modelo está diseñado para operar como instrumento privado válido en Argentina. Conviene revisar algunos puntos antes de la firma, especialmente sobre la responsabilidad civil y penal del declarante por la veracidad de los hechos manifestados.

Este modelo se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Para declaraciones complejas (supervivencia con efectos en herencias en curso, ingresos para procesos de divorcio o tenencia de hijos, convivencia con efectos sucesorios), se recomienda consultar con un abogado matriculado o con un escribano público en la jurisdicción argentina correspondiente.

Revisado por profesionales del derecho. El contenido de esta página y las cláusulas del modelo han sido revisados conforme al CCyCN, al Código Penal y a la práctica administrativa argentina ante AFIP, ANSES y demás reparticiones.

Eficacia probatoria — Arts. 286, 287, 314 CCyCN

En Argentina, los instrumentos privados se rigen por los Arts. 286 a 319 del CCyCN. La declaración jurada firmada por el declarante constituye instrumento privado válido conforme al Art. 287, y su firma cumple la función esencial del Art. 288 (manifestación de la voluntad). El Art. 314 regula el reconocimiento de firma —si el declarante reconoce la firma como propia, el documento adquiere la eficacia plena del instrumento privado reconocido—. Para oponer la declaración a terceros con fecha cierta, conviene la certificación de firma ante escribano público o autoridad competente conforme al Art. 317 CCyCN. Sin esta certificación la declaración igualmente es válida entre las partes pero carece de fecha cierta oponible a terceros, lo que puede ser relevante en juicios o disputas argentinas.

Responsabilidad civil por falsedad — Arts. 1716 y 1740 CCyCN

La falsedad en una declaración jurada genera responsabilidad civil bajo el régimen de la reparación plena del Art. 1740 CCyCN. Quien resulte perjudicado por la falsedad —el organismo receptor en Argentina, un tercero damnificado, un cocontratante— puede reclamar la indemnización integral del daño emergente, el lucro cesante, la pérdida de chance y el daño moral si correspondiere. La responsabilidad se rige por las reglas generales de los Arts. 1716 y siguientes del CCyCN sobre el deber de no dañar y la responsabilidad civil. La sola falsedad demostrada habilita el reclamo, sin que el declarante pueda invocar buena fe o ignorancia inexcusable.

Responsabilidad penal — Arts. 293, 294, 296 CP

El Código Penal argentino tipifica varias figuras delictivas vinculadas a las declaraciones falsas. El Art. 293 sanciona la falsedad ideológica de instrumento privado con pena de uno a seis años de reclusión o prisión, e inhabilitación absoluta. El Art. 294 sanciona el uso de documento falso o adulterado. El Art. 296 reprime la falsedad en certificados que afecten un derecho ajeno. El Art. 275 del CP castiga el falso testimonio cuando hay juramento ante autoridad competente —aplicable cuando la declaración jurada se presta directamente ante funcionario público en Argentina—. Estas figuras operan independientemente unas de otras y pueden concurrir entre sí, configurando concursos reales o ideales según el caso concreto.

Firma digital y firma electrónica — Ley 25.506

La Ley 25.506 de Firma Digital y su decreto reglamentario 182/2019 reconocen la equivalencia funcional entre la firma digital y la firma manuscrita en Argentina. La firma digital con certificado emitido por un certificador licenciado por la Secretaría de Innovación Pública goza de presunción de autoría e integridad y es plenamente válida para declaraciones juradas presentadas ante AFIP, ANSES, RENAPER y demás organismos argentinos. La firma electrónica simple (sin certificado licenciado) también puede operar en muchos trámites pero su valor probatorio es menor: la carga de probar la autoría recae sobre quien la invoca. Para declaraciones de mayor envergadura conviene firma digital con certificado, escribano público o presentación presencial ante el organismo argentino con DNI.

Preguntas frecuentes

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