Notificación de Actualización Anual de la Renta del Alquiler
Comunique al inquilino la actualización anual de la renta de forma fehaciente y conforme a la LAU. Nuestra plantilla incluye el cálculo detallado de la nueva renta según el índice de referencia aplicable, el preaviso legal exigido y la fecha de efectividad del nuevo importe.
DNI/NIE/CIF 12345678A
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Calle de Alcala 50, 3o A, 28014 Madrid
| INMUEBLE | Calle de Alcala 50, 3o A, 28014 Madrid |
| FECHA DEL CONTRATO | 01/06/2021 |
| RENTA ACTUAL | 850,00 EUR |
| NUEVA RENTA | 875,50 EUR |
| INCREMENTO | 3.00% |
| FECHA DE EFECTO | 01/07/2026 |
Conforme a la disposicion final primera de la Ley 12/2023, desde el 1 de enero de 2025, el limite maximo de actualizacion de rentas de arrendamiento de vivienda es la variacion del IRAV publicado por el Instituto Nacional de Estadistica (INE). Este indice sustituye al IPC como referencia obligatoria para los contratos sujetos a la LAU.
a) Articulo 18 de la LAU (Ley 29/1994), que establece el derecho del arrendador a actualizar la renta conforme al indice pactado o legalmente aplicable.
b) Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, que introduce el IRAV como indice de referencia obligatorio para actualizaciones de renta desde el 1 de enero de 2025.
c) Las disposiciones del contrato de arrendamiento vigente entre las partes.
a) Verificar la correcta aplicacion del indice de referencia utilizado consultando las publicaciones oficiales del INE.
b) Solicitar al arrendador la certificacion o documento que acredite la variacion del indice aplicado.
c) En caso de desacuerdo, reclamar ante los tribunales del lugar donde radique el inmueble.
Este documento es una comunicacion formal de actualizacion de renta conforme al art. 18 LAU. La renta actualizada sera exigible al mes siguiente de la recepcion por el arrendatario.
¿Qué es una notificación de actualización de la renta?
La notificación de actualización de la renta —comúnmente llamada carta de subida del alquiler— es el documento mediante el cual el arrendador comunica formalmente al arrendatario el nuevo importe de la renta mensual para el próximo periodo anual, calculado conforme al índice de actualización pactado en el contrato o, en su defecto, conforme al índice de referencia establecido por la ley. Su envío con la antelación debida es requisito imprescindible para que la actualización sea eficaz.
El artículo 18 de la LAU establece que durante la vigencia del contrato de arrendamiento de vivienda, la renta solo puede ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, en los términos pactados por las partes, o en defecto de pacto, conforme al índice de referencia. Si el arrendador no notifica la actualización en tiempo y forma, pierde el derecho a aplicarla retroactivamente; solo puede exigir el nuevo importe desde la fecha en que la comunicación sea recibida por el arrendatario.
La Ley 12/2023 de Derecho a la Vivienda introdujo un nuevo índice de referencia para la actualización de la renta de arrendamientos de vivienda habitual, elaborado por el INE, que sustituye al IPC como límite para los contratos suscritos a partir de su entrada en vigor. Este índice tiene como objetivo evitar que los incrementos del coste de la vida trasladen al arrendatario de vivienda aumentos desproporcionados de renta.
Qué incluye esta plantilla
La notificación cubre todos los elementos necesarios para que la actualización de la renta sea válida y eficaz, con el cálculo detallado y la base legal.
Datos del arrendador y del arrendatario
Identificación completa de las partes, con domicilio del arrendatario al que se dirige la notificación.
Referencia al contrato de arrendamiento
Fecha de firma del contrato, fecha de inicio de la anualidad y número de anualidad que se actualiza.
Renta mensual actual
Importe de la renta vigente que va a ser actualizada, como punto de partida del cálculo.
Índice de actualización aplicado
Identificación del índice utilizado: índice de referencia LAU (Ley 12/2023), IPC, IPC sin alimentos elaborados, u otro pactado contractualmente.
Variación del índice
Porcentaje de variación del índice en el periodo de referencia, con indicación de la fuente oficial (INE, Banco de España).
Nueva renta mensual
Resultado del cálculo: nueva renta aplicando el porcentaje de variación a la renta actual, redondeado a dos decimales.
Fecha de efectividad
Fecha a partir de la cual es exigible el nuevo importe de renta, que debe coincidir con el aniversario del contrato.
Preaviso
Indicación de que la notificación se realiza con la antelación suficiente conforme al artículo 18 LAU o al pacto contractual.
Instrucciones de pago
Confirmación de la cuenta bancaria para el nuevo importe o instrucciones si cambia la forma de pago.
Firma y fecha
Firma del arrendador con fecha y lugar, y modo de envío recomendado (burofax o correo certificado).
Cómo notificar la actualización de la renta
Siga estos pasos para que la actualización sea eficaz y no genere conflictos con el arrendatario.
- 1
Verifique el índice aplicable y su variación
Compruebe en el contrato qué índice se pactó para la actualización. Si no se pactó ninguno, aplique el índice de referencia de la Ley 12/2023 (publicado por el INE) para contratos nuevos, o el IPC para contratos anteriores a dicha ley.
- 2
Calcule la nueva renta
Aplique el porcentaje de variación del índice a la renta actual: nueva renta = renta actual × (1 + variación del índice / 100). Para aumentos por encima del límite del índice, la parte excedente sería nula.
- 3
Redacte la notificación
Complete la plantilla con los datos de las partes, la referencia al contrato, el cálculo detallado y la fecha de efectividad de la nueva renta.
- 4
Envíe con antelación suficiente
La notificación debe llegar al arrendatario antes del aniversario del contrato. Se recomienda enviarla con al menos 30 días de antelación por burofax o correo certificado con acuse de recibo.
- 5
Archive el justificante de envío
Conserve el justificante del burofax o del correo certificado con acuse de recibo. Este documento prueba que el arrendatario recibió la notificación y que la actualización fue comunicada en tiempo y forma.
Consideraciones jurídicas
La actualización de la renta está regulada con precisión por la LAU y la Ley 12/2023, con límites que no pueden superarse en perjuicio del arrendatario.
La información siguiente tiene carácter divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para zonas de mercado tensionado o contratos con cláusulas complejas, consulte con un abogado especializado.
Contenido revisado por el equipo jurídico de Doxuno conforme al artículo 18 LAU y la Ley 12/2023 de Vivienda.
Artículo 18 LAU: régimen de actualización de la renta de vivienda
El artículo 18 de la LAU establece que la renta de los arrendamientos de vivienda solo puede actualizarse una vez al año, en la fecha del aniversario del contrato, y siempre conforme al índice pactado o al legal supletorio. La actualización no es automática: requiere que alguna de las partes la notifique a la otra. Si ninguna parte notifica la actualización, la renta permanece invariable hasta la siguiente anualidad.
Índice de referencia Ley 12/2023 vs. IPC
Para contratos de arrendamiento de vivienda habitual suscritos a partir de la entrada en vigor de la Ley 12/2023, el índice de actualización máximo es el nuevo índice de referencia publicado por el INE, diseñado para ser más estable que el IPC. Este índice suele ser inferior al IPC en periodos de inflación elevada, lo que limita los aumentos de renta. Para contratos anteriores, se aplica el IPC o el índice pactado, con los límites transitorios establecidos por las sucesivas reformas.
Zonas de mercado residencial tensionado y límites adicionales
En las zonas declaradas de mercado residencial tensionado por la comunidad autónoma conforme a la Ley 12/2023, la actualización de la renta está sujeta a límites adicionales: el incremento no puede superar el índice de referencia, y en determinados supuestos la renta inicial del nuevo contrato también queda limitada. Si el arrendador no respeta estos límites, el arrendatario puede impugnar la actualización ante los tribunales o ante los organismos administrativos de vivienda.
Efectos de la notificación extemporánea
Si el arrendador no notifica la actualización antes del aniversario del contrato, no pierde definitivamente el derecho a actualizar, pero solo puede aplicar el nuevo importe desde la fecha en que la notificación llegue al arrendatario. No puede reclamar retroactivamente la diferencia entre la renta antigua y la nueva desde el aniversario. Por ello, el envío fehaciente (burofax) con antelación suficiente es esencial para no perder el derecho a la actualización.
Preguntas frecuentes
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