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Laboral & CarreraEspaña

Plantilla gratuita de Convenio de Prácticas Universitarias

Un convenio de cooperación educativa para la realización de prácticas académicas externas conforme al Real Decreto 592/2014 y al Real Decreto 1791/2010, Estatuto del Estudiante Universitario. Formaliza el acuerdo tripartito entre universidad, empresa y estudiante con los objetivos formativos, el plan de actividades, el seguro de accidentes, la bolsa de ayuda al estudio y los derechos del estudiante en prácticas.

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CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA PARA PRÁCTICAS EXTERNAS
RD 592/2014 De Prácticas Académicas Externas
UNIVERSIDAD
Universidad Complutense de Madrid
Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales · Tutor: Dr. Antonio López, Profesor Titular de Marketing
ENTIDAD COLABORADORA
Consultoría Global S.L.
CIF: B87654321 · Tutor: D.ª Sofía Navarro, Directora de Proyectos
ESTUDIANTE
Lucía Martínez Gómez
DNI: 34567890B · Grado en ADE, 4.º curso
Prácticas académicas externas
01/04/2026 — 30/09/2026
De una parte, Universidad Complutense de Madrid, representada por D.ª Elena Ruiz, Vicedecana de Prácticas. De otra parte, Consultoría Global S.L., CIF B87654321, representada por D. Carlos Díaz, CEO. Y como beneficiario/a, el/la estudiante Lucía Martínez Gómez, DNI 34567890B. Las partes suscriben el presente convenio de cooperación educativa conforme al RD 592/2014:
1.
OBJETO
El presente convenio tiene por objeto regular las prácticas académicas externas del/de la estudiante en la entidad colaboradora, con la finalidad de complementar su formación universitaria mediante la aplicación práctica de los conocimientos adquiridos, conforme a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.
2.
CONTENIDO DE LAS PRÁCTICAS
Las prácticas consistirán en:

Apoyo en el departamento de marketing digital: gestión de redes sociales, análisis de datos con Google Analytics, diseño de campañas publicitarias y elaboración de informes de KPIs.
3.
DURACIÓN Y HORARIO
Las prácticas se desarrollarán desde el 01/04/2026 hasta el 30/09/2026, con un total de 500 horas. Horario: Lunes a viernes, 9:00-14:00.
4.
TUTORÍA
El/la tutor/a académico/a será Dr. Antonio López, Profesor Titular de Marketing, responsable de la supervisión y orientación académica. El/la tutor/a de empresa será D.ª Sofía Navarro, Directora de Proyectos, responsable de la supervisión en la entidad colaboradora.
5.
NATURALEZA DE LAS PRÁCTICAS
Las prácticas no tienen carácter laboral. No generan relación contractual ni obligación de contratación posterior (art. 2.3 RD 592/2014). El/la estudiante no podrá ocupar un puesto de trabajo estructural ni sustituir a un trabajador/a de la entidad.
6.
DERECHOS DEL/DE LA ESTUDIANTE
El/la estudiante tendrá derecho a:
· Tutorización adecuada por parte de ambos tutores.
· Evaluación de la actividad desarrollada.
· Obtención de un informe al finalizar las prácticas.
· Reconocimiento académico de los créditos correspondientes.
· Ser tratado/a en igualdad de condiciones y sin discriminación.
· Cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.
7.
OBLIGACIONES DEL/DE LA ESTUDIANTE
El/la estudiante se compromete a:
· Cumplir el horario y las normas de la entidad colaboradora.
· Mantener la confidencialidad de la información a la que acceda.
· Elaborar la memoria de prácticas requerida por la universidad.
· Comunicar cualquier incidencia a los tutores correspondientes.
· Respetar la propiedad intelectual e industrial de la entidad.
8.
RESCISIÓN
El convenio podrá rescindirse por mutuo acuerdo, por incumplimiento de las condiciones pactadas, por finalización anticipada del periodo formativo o por causa justificada comunicada por cualquiera de las partes con una antelación mínima de 7 días naturales.
9.
BOLSA / AYUDA ECONÓMICA
La entidad colaboradora abonará al/a la estudiante una bolsa/ayuda de 400,00 €/mes. Esta cantidad no tiene carácter salarial y está sujeta a las obligaciones fiscales correspondientes. El abono se realizará mensualmente por transferencia bancaria.
10.
SEGURO
El/la estudiante estará cubierto/a por: Seguro escolar obligatorio + póliza de accidentes y responsabilidad civil de la UCM. La universidad garantizará la cobertura de seguro escolar o póliza equivalente durante todo el periodo de prácticas, conforme al artículo 12 del RD 592/2014.
11.
OBJETIVOS FORMATIVOS
Los objetivos formativos de las prácticas son:

1. Aplicar conocimientos de marketing en entorno profesional real.
2. Dominar herramientas de análisis digital.
3. Desarrollar habilidades de comunicación y trabajo en equipo.
4. Conocer la dinámica de una consultora.
12.
EVALUACIÓN Y MEMORIA FINAL
Memoria final de 20 páginas. Evaluación conjunta: 50% tutor académico + 50% tutor empresa. Requisito: asistencia mínima 80%.
13.
INFORME DEL TUTOR DE EMPRESA
Informe mensual de seguimiento. Evaluación final con calificación (Apto/No Apto) y recomendaciones.
Y en prueba de conformidad, las tres partes firman el presente convenio de cooperación educativa.
EN FE DE LO CUAL, las partes firman el presente documento en la fecha arriba indicada.
LA UNIVERSIDAD
Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales
D.ª Elena Ruiz, Vicedecana de Prácticas
Fecha: ____________________
LA ENTIDAD COLABORADORA
CIF: B87654321
D. Carlos Díaz, CEO
Fecha: ____________________
EL/LA ESTUDIANTE
DNI: 34567890B
Lucía Martínez Gómez
Fecha: ____________________

¿Qué es un convenio de prácticas universitarias?

El convenio de prácticas universitarias —también denominado convenio de cooperación educativa— es el acuerdo tripartito entre la universidad, la empresa o entidad colaboradora y el estudiante que regula la realización de las prácticas académicas externas. Su marco normativo está constituido por el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, y el Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario. Las prácticas académicas externas forman parte del plan de estudios y tienen como finalidad permitir al estudiante aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica.

Las prácticas universitarias externas son prácticas no laborales: no existe una relación laboral entre el estudiante y la empresa, y el estudiante no percibe un salario laboral sino, en su caso, una bolsa de ayuda al estudio o una compensación económica de naturaleza no salarial. Esta distinción es fundamental: el convenio de prácticas no genera obligaciones laborales ni cotización a la Seguridad Social ordinaria, aunque desde el 1 de enero de 2024 los estudiantes en prácticas están incluidos en el sistema de Seguridad Social a través de un régimen especial que cubre las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedad profesional.

El convenio de prácticas debe incluir necesariamente: los datos identificativos de las tres partes, los objetivos educativos y competencias a adquirir, la actividad a desarrollar y el plan formativo, el centro de trabajo donde se realizarán las prácticas, el período de duración, el horario, el tutor académico designado por la universidad, el supervisor designado por la empresa, los criterios de evaluación y, cuando proceda, la bolsa de ayuda al estudio. La universidad tiene la responsabilidad de supervisar las prácticas y velar por que cumplan su función formativa.

Qué incluye esta plantilla

La plantilla de convenio de prácticas universitarias de Doxuno recoge los tres partes del acuerdo y todos los elementos del RD 592/2014.

Datos de la universidad

Nombre, código y departamento o facultad responsable de las prácticas

Datos de la empresa

Razón social, CIF, domicilio y representante que suscribe el convenio

Datos del estudiante

Nombre, DNI, titulación, curso y número de expediente académico

Objetivos formativos y competencias

Competencias del plan de estudios que el estudiante desarrollará en las prácticas

Plan de actividades

Descripción de las tareas y proyectos que el estudiante realizará en la empresa

Duración y horario

Fechas de inicio y fin, horas diarias y horario de las prácticas

Tutor académico y supervisor de empresa

Nombre y datos de contacto de los tutores responsables de cada parte

Bolsa de ayuda al estudio

Importe de la compensación económica al estudiante, si se pacta

Seguro de accidentes y responsabilidad civil

Cobertura del seguro durante las prácticas y responsabilidades de cada parte

Criterios de evaluación

Metodología y criterios para la evaluación del aprendizaje del estudiante

Protección de datos y confidencialidad

Obligaciones RGPD y deber de reserva sobre la información de la empresa

Cómo formalizar un convenio de prácticas universitarias

La plantilla de Doxuno le guía paso a paso para formalizar el convenio tripartito con todos los elementos que exige el RD 592/2014.

  1. 1

    Identifique a las tres partes

    Indique los datos de la universidad (nombre de la institución, facultad o departamento, y nombre del representante que firma el convenio), de la empresa (razón social, CIF, domicilio y representante) y del estudiante (nombre, DNI, titulación que cursa, curso y número de expediente). Compruebe que la práctica está incluida en el plan de estudios del estudiante y que la universidad tiene un convenio marco previo con la empresa para la realización de prácticas.

  2. 2

    Defina los objetivos formativos y el plan de actividades

    Describa las competencias del plan de estudios que el estudiante desarrollará durante las prácticas (habilidades técnicas, comunicativas, de gestión, etc.) y las actividades o proyectos concretos que realizará en la empresa. El plan de actividades debe estar vinculado a la titulación del estudiante: si el convenio no especifica objetivos formativos reales, las prácticas pueden calificarse como trabajo no declarado.

  3. 3

    Establezca la duración, el horario y los tutores

    Indique las fechas de inicio y fin, el número de horas diarias (con el máximo de 8 horas/día o la menor jornada que corresponda a los menores de 18 años) y el horario. Las prácticas no pueden interferir con el horario lectivo del estudiante. Designe el tutor académico (docente de la universidad) y el supervisor de la empresa (trabajador con experiencia y cualificación afín a la actividad de las prácticas).

  4. 4

    Configure la bolsa de ayuda y el seguro

    Si las prácticas conllevan compensación económica al estudiante, indique el importe de la bolsa de ayuda al estudio. Verifique la cobertura del seguro de accidentes: desde el 1 de enero de 2024, los estudiantes en prácticas están incluidos en la Seguridad Social a través de un convenio especial, con cobertura de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Si la empresa facilita medios o acceso a datos, incluya una cláusula de protección de datos y confidencialidad.

  5. 5

    Formalice el convenio y archívelo correctamente

    El convenio debe ser firmado por los tres partes: universidad, empresa y estudiante. La universidad debe conservar copia del convenio y de los informes de evaluación. Al término de las prácticas, la empresa debe emitir un informe de valoración del estudiante y el tutor académico debe elaborar la memoria final de prácticas. Estos documentos forman parte del expediente académico del estudiante y pueden ser relevantes para el reconocimiento futuro de la experiencia práctica.

Consideraciones jurídicas en España

Las prácticas académicas externas no son una relación laboral, pero están sujetas a derechos y obligaciones específicos regulados por el RD 592/2014.

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Para el diseño de programas de prácticas académicas a gran escala, consulte con el servicio jurídico de la universidad o con un asesor especializado.

Revisado por profesionales del Derecho. El contenido de esta página ha sido revisado por abogados especializados en Derecho Educativo y Laboral en España.

Naturaleza no laboral de las prácticas académicas externas (RD 592/2014)

El Real Decreto 592/2014 establece expresamente que las prácticas académicas externas no tienen naturaleza laboral: no existe contrato de trabajo, y la compensación económica al estudiante no tiene la consideración de salario. El estudiante en prácticas no está sujeto al Estatuto de los Trabajadores ni a los convenios colectivos. Si las prácticas encubren una relación laboral real (el estudiante realiza tareas productivas ordinarias de la empresa sin contenido formativo efectivo), pueden ser calificadas como fraude laboral y dar lugar a sanciones por trabajo no declarado.

Inclusión en la Seguridad Social desde 2024

Desde el 1 de enero de 2024, los estudiantes universitarios en prácticas —tanto remuneradas como no remuneradas— están incluidos en la Seguridad Social mediante un convenio especial. Esto supone que el estudiante tiene cobertura de accidentes de trabajo y enfermedad profesional durante las prácticas. La cotización corre a cargo de la empresa (o de la universidad en su caso) pero es reducida. Esta inclusión fue impuesta por el artículo 97 de la LGSS, modificado por la Ley 27/2011.

Derechos del estudiante en prácticas (RD 592/2014, art. 9)

El artículo 9 del RD 592/2014 reconoce al estudiante en prácticas los siguientes derechos: obtener la información y orientación necesaria, recibir la supervisión adecuada, contar con el apoyo del tutor académico, disponer de los recursos y medios necesarios, tener garantizados el descanso necesario y la conciliación de las prácticas con sus estudios, recibir evaluación y obtener reconocimiento académico, y que la empresa cumpla la normativa de riesgos laborales a su respecto. El estudiante no puede ser utilizado para sustituir trabajadores en huelga o para cubrir puestos que deberían ser laborales.

Diferencia entre prácticas curriculares y extracurriculares

Las prácticas curriculares son las incluidas en el plan de estudios y son obligatorias u optativas dentro del programa académico; cuentan con créditos ECTS y son supervisadas por el tutor académico de la universidad. Las prácticas extracurriculares son voluntarias, realizadas al margen del plan de estudios pero con la misma naturaleza formativa y con el mismo convenio tripartito. Ambas modalidades se rigen por el RD 592/2014, pero las curriculares tienen reconocimiento académico directo. La compensación económica es posible en ambos casos pero no obligatoria.

Preguntas frecuentes

¿Va a acoger a un estudiante en prácticas?

Formalice el convenio tripartito con la universidad, los objetivos formativos y los derechos del estudiante conforme al RD 592/2014. Gratuito para la versión básica.

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