Plantilla gratuita de Contrato de Licencia de Software
Un contrato de licencia de software conforme al Real Decreto Legislativo 1/1996 (Ley de Propiedad Intelectual, arts. 95-104). Compatible con modelos SaaS, on-premise y licencia perpetua. Define el alcance de uso, las restricciones, el precio y, en versión Expert, el SLA, los niveles de soporte, el tratamiento de datos (RGPD) y la limitación de responsabilidad.
ERP integral: contabilidad, facturación, inventario, RRHH, CRM e informes BI.
Conforme a los arts. 95-104 del RDL 1/1996 (LPI).
Territorio: España
El Licenciatario no podrá: sublicenciar, ceder o transferir; copiar, descompilar o realizar ingeniería inversa (art. 100 LPI); modificar o crear obras derivadas; eliminar marcas o avisos de PI.
Impago >60 días: suspensión del acceso (Ley 3/2004).
b) Adoptar medidas de seguridad adecuadas.
c) No copiar salvo copia de seguridad (art. 100.2 LPI).
d) Notificar uso no autorizado.
e) Abonar el precio en plazo.
Actualizaciones y parches de seguridad incluidos.
Backups periódicos con restauración.
Sin responsabilidad por daños indirectos, lucro cesante o pérdida de datos, salvo dolo.
a) Tratar datos solo conforme a instrucciones del Licenciatario.
b) Medidas técnicas y organizativas adecuadas.
c) No comunicar datos a terceros salvo obligación legal.
d) Suprimir/devolver datos a la finalización.
e) Colaborar en cumplimiento RGPD.
Partes se someten a los Juzgados de lo Mercantil de Madrid.
A la finalización: cese de uso. Exportación de datos (CSV/XML) en 30 días.
Modificación: Por escrito.
Nulidad parcial: Cláusulas restantes subsisten.
Cesión: No sin consentimiento del Licenciante.
¿Qué es un contrato de licencia de software?
Un contrato de licencia de software es el acuerdo por el que el titular de los derechos de propiedad intelectual sobre un programa de ordenador —denominado licenciante— autoriza a un tercero —el licenciatario— a utilizar ese software en las condiciones pactadas, sin transmitirle la titularidad de los derechos. La licencia puede ser exclusiva o no exclusiva, y puede otorgarse para un número determinado de usuarios, dispositivos o instalaciones, en un territorio concreto y por un plazo fijo o indefinido.
En España, el software está protegido como obra literaria conforme al artículo 10.1.i del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI). El régimen especial de los programas de ordenador se regula en los artículos 95 a 104 LPI, que establecen las facultades del licenciatario, los límites de la licencia —incluida la copia de seguridad del artículo 100.2— y la prohibición de descompilación salvo para obtener interoperabilidad (art. 100.5-6 LPI). Cualquier uso del software que exceda los términos de la licencia constituye una infracción de derechos de autor.
Desde el punto de vista comercial, los modelos de licenciamiento han evolucionado considerablemente. El modelo SaaS (Software como Servicio) implica el acceso al software alojado en la nube del licenciante mediante suscripción periódica, sin que el licenciatario instale nada en sus sistemas; el modelo on-premise supone la instalación local del software en los servidores del licenciatario; y la licencia perpetua otorga el derecho de uso indefinido a cambio de un pago único. Cada modelo tiene implicaciones específicas en materia de mantenimiento, actualizaciones, disponibilidad del servicio (SLA) y protección de datos (RGPD) que el contrato debe abordar explícitamente.
Qué incluye esta plantilla
La plantilla de licencia de software de Doxuno cubre todas las cláusulas esenciales para los principales modelos de licenciamiento, con secciones Expert para compromisos de nivel de servicio y cumplimiento RGPD.
Identificación del software
Nombre, versión, descripción y modalidad de la licencia
Tipo y exclusividad de la licencia
SaaS, on-premise o perpetua; exclusiva o no exclusiva
Alcance y restricciones de uso
Número de usuarios, prohibición de sublicenciar y de ingeniería inversa (art. 100 LPI)
Duración y renovación
Inicio, fin y renovación automática con preaviso de 30 días
Precio, IVA y método de pago
Importe, periodicidad (anual, mensual o pago único) y forma de cobro
Propiedad intelectual
Titularidad del licenciante sobre el software y las actualizaciones
Obligaciones del licenciatario
Uso conforme, copia de seguridad y no distribución a terceros
Soporte técnico y SLA (Expert)
Niveles de soporte, disponibilidad del servicio y tiempo de respuesta
Actualizaciones y copias de seguridad (Expert)
Política de actualizaciones y backup de datos del cliente
Limitación de responsabilidad (Expert)
Tope máximo de indemnización limitado al precio anual
Confidencialidad y RGPD (Expert)
Tratamiento de datos personales, acuerdo de encargado (art. 28 RGPD)
Resolución de conflictos
Tribunales competentes o arbitraje especializado en TIC
Cómo crear su contrato de licencia de software
La plantilla de Doxuno le guía sección a sección para cubrir todos los aspectos de la licencia.
- 1
Identifique licenciante, licenciatario y software
Introduzca la denominación social completa, CIF y domicilio del licenciante (empresa propietaria del software) y del licenciatario (empresa o profesional que lo utilizará). Describa el software con precisión: nombre comercial, versión, breve descripción de las funcionalidades cubiertas por la licencia y el modelo de distribución elegido (SaaS, on-premise o licencia perpetua).
- 2
Configure el alcance y las restricciones
Determine si la licencia es exclusiva —el licenciatario es el único autorizado en su sector o territorio— o no exclusiva. Indique el número máximo de usuarios simultáneos o de instalaciones autorizadas. La plantilla incluye las prohibiciones estándar exigidas por la LPI: prohibición de sublicenciar, ceder o transferir la licencia a terceros; de copiar el software salvo para copia de seguridad (art. 100.2 LPI); de descompilar o realizar ingeniería inversa; y de eliminar avisos de propiedad intelectual.
- 3
Establezca el precio y la duración
Defina el precio neto más IVA (generalmente al 21% para software), la periodicidad de facturación (anual, mensual o pago único) y el método de pago aceptado (transferencia bancaria, domiciliación o tarjeta). Fije la fecha de inicio de la licencia y, si es temporal, la fecha de vencimiento y si existe renovación automática. En licencias SaaS, el acceso al servicio queda suspendido automáticamente si el licenciatario incurre en impago superior a 60 días.
- 4
Configure las cláusulas Expert
Active las secciones avanzadas según sus necesidades: niveles de soporte técnico y compromisos de disponibilidad del servicio (SLA); política de actualizaciones e inclusión de nuevas versiones; limitación de responsabilidad máxima del licenciante; cláusula de confidencialidad; y, si el software procesa datos personales del licenciatario, el acuerdo de encargado del tratamiento exigido por el artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD).
- 5
Revise y descargue su PDF
Una vez cumplimentado el formulario, genere una vista previa del contrato y verifique que todos los datos son correctos. El documento se producirá como PDF profesional listo para ser firmado electrónicamente. En contratos de licencia con importe elevado o múltiples usuarios, recomendamos una revisión por un abogado especialista en TIC antes de la firma.
Consideraciones jurídicas en España
Los contratos de licencia de software en España presentan particularidades jurídicas derivadas tanto de la LPI como del RGPD. Conozca los aspectos más relevantes.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Para licencias de software de alto valor, acuerdos SaaS con cláusulas de SLA complejas o cuando el software procese datos personales sensibles, consulte con un abogado especializado en Derecho de las Tecnologías de la Información.
Revisado por profesionales del Derecho. El contenido de esta página y las cláusulas de la plantilla han sido revisados por abogados colegiados especializados en propiedad intelectual y Derecho TIC en España.
Régimen especial del software en la LPI (arts. 95-104)
El software tiene un régimen especial dentro de la LPI. El artículo 99 LPI reconoce al cesionario de los derechos o al usuario legítimo del programa los derechos de reproducción, transformación y distribución cuando sean necesarios para su utilización conforme a su destino, incluida la corrección de errores. El artículo 100 LPI establece las excepciones al derecho exclusivo del titular: el usuario legítimo puede hacer una copia de seguridad sin permiso del licenciante, pero no puede descompilar el software (art. 100.5) salvo para obtener la información necesaria para la interoperabilidad con otro programa creado de forma independiente. Cualquier pacto contractual que excluya este derecho de interoperabilidad es nulo de pleno derecho.
RGPD: acuerdo de encargado del tratamiento
Si el software accede, almacena o procesa datos personales de los usuarios o clientes del licenciatario, el licenciante actúa como encargado del tratamiento en el sentido del artículo 4.8 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD). En este caso, el artículo 28 RGPD exige que entre licenciante y licenciatario exista un contrato de encargado del tratamiento que regule: las instrucciones de tratamiento, las medidas de seguridad técnicas y organizativas, los subencargados, el plazo de conservación y el procedimiento de supresión o devolución de los datos al finalizar la licencia. Omitir esta cláusula puede conllevar sanciones de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) de hasta 10 millones de euros o el 2% de la facturación global anual (art. 83.4 RGPD).
Limitación de responsabilidad y cláusulas abusivas
Las cláusulas de limitación de responsabilidad en contratos entre empresas (B2B) son válidas con carácter general conforme al artículo 1255 CC. Lo más habitual es limitar la responsabilidad del licenciante a una cantidad equivalente a los honorarios pagados en los doce meses anteriores al hecho generador del daño. Sin embargo, en contratos con consumidores (B2C), las cláusulas que limiten la responsabilidad por daños causados al consumidor pueden considerarse abusivas conforme a los artículos 80 a 91 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU), por lo que la plantilla distingue entre el uso empresarial y el uso por parte de consumidores finales.
SLA y disponibilidad del servicio en modelos SaaS
En los contratos SaaS, el acuerdo de nivel de servicio (SLA, Service Level Agreement) es una de las cláusulas más relevantes para el licenciatario. El SLA debe especificar el porcentaje de disponibilidad garantizado (por ejemplo, el 99,9% mensual, equivalente a menos de 45 minutos de interrupción al mes), el procedimiento de notificación de incidencias, los tiempos de respuesta y resolución según la criticidad, y los créditos de servicio o compensaciones aplicables si no se cumple el nivel pactado. Un SLA omitido o vago deja al licenciatario sin protección en caso de caídas prolongadas del servicio.
Preguntas frecuentes
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