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Contrato de Compraventa de Caballo

Formalice la compraventa de un caballo, pony o equino con plenas garantías. Nuestra plantilla regula los datos identificativos del equino, el examen veterinario pre-compra, el pasaporte equino, el precio y la transferencia de titularidad conforme al Código Civil, el Reglamento (UE) 2016/429 y la normativa española de sanidad animal.

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CONTRATO DE COMPRAVENTA DE CABALLO
CC Arts. 1445 Ss · RD 1515/2009 (Identificación Equina)
EL VENDEDOR
Yeguada Sierra Morena S.L.
DNI/NIE B14567890 · Finca Los Alcornoques, Km 3, 14400 Pozoblanco, Córdoba
EL COMPRADOR
Carlos Méndez Ortega
DNI/NIE 23456789C · Calle del Prado 18, 28014 Madrid
DATOS DEL CABALLO
NOMBRELucero III
RAZAPura Raza Española (PRE)
SEXOMacho
CAPA / COLORTordo claro
FECHA DE NACIMIENTO10/03/2021
N.º MICROCHIP724098100123456
N.º PASAPORTE EQUINOESP-2021-045678
UBICACIÓN ACTUALFinca Los Alcornoques, Pozoblanco (Córdoba)
USO PREVISTODeporte / Competición
De una parte, Yeguada Sierra Morena S.L., DNI/NIE B14567890, en adelante "el Vendedor", y de otra parte, Carlos Méndez Ortega, DNI/NIE 23456789C, en adelante "el Comprador", acuerdan la compraventa del équido identificado conforme a las siguientes cláusulas:
1.
OBJETO
El Vendedor transmite al Comprador la plena propiedad del caballo descrito, declarando que es su legítimo propietario, que el animal se encuentra libre de cargas y que dispone de pasaporte equino conforme al RD 1515/2009.
2.
PRECIO Y PAGO
El precio se fija en 18.000,00 €, que el Comprador abona mediante transferencia bancaria, en la fecha de entrega (01/05/2026).

El Vendedor declara haber recibido el importe, sirviendo este contrato como carta de pago.
3.
DECLARACIONES DEL VENDEDOR
El Vendedor declara que:
• Es el legítimo propietario del caballo
• El animal está identificado conforme al RD 1515/2009 con microchip y pasaporte equino
• Tiene las vacunaciones y desparasitaciones al día
• No padece enfermedades infecciosas conocidas en el momento de la venta
• No está inscrito como animal de experimentación ni tiene restricciones sanitarias
4.
ENTREGA Y TRANSPORTE
La entrega del caballo se realizará el 01/05/2026, en Finca Los Alcornoques, Pozoblanco (Córdoba). Los gastos de transporte serán a cargo del Comprador, salvo pacto en contrario. A partir de la entrega, los riesgos del animal se transfieren al Comprador.
5.
RECONOCIMIENTO VETERINARIO
El Comprador ha tenido la posibilidad de someter al caballo a un reconocimiento veterinario previo a la compraventa.

Veterinario: Dr. Fernando Reyes Molina (col. ICOVC 1234)
Resultado: Apto para la actividad deportiva. Sin hallazgos clínicos relevantes.
Observaciones: Radiografías de extremidades sin hallazgos. Análisis sanguíneo dentro de parámetros normales.
6.
VICIOS OCULTOS
La eficacia de la presente compraventa queda condicionada a que el reconocimiento veterinario no revele patologías graves o vicios ocultos que disminuyan significativamente la aptitud del caballo para el uso previsto.
7.
SEGURO
El caballo cuenta con póliza de seguro: Póliza RC equina n.º EQ-2026-789, MAPFRE, vigente hasta 31/12/2026. El Comprador se compromete a contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños que el animal pudiera causar a terceros.
8.
CONDICIONES ESPECIALES
El Vendedor se compromete a facilitar la documentación deportiva (licencia RFHE) y el historial de competiciones del caballo.
9.
JURISDICCIÓN
Para cuantas cuestiones litigiosas se deriven del presente contrato, las partes se someten a los Juzgados de Primera Instancia de Córdoba.
10.
LEGISLACIÓN APLICABLE
El presente contrato se rige por los artículos 1445 y siguientes del Código Civil, el RD 1515/2009 sobre identificación de équidos, la Ley 8/2003 de Sanidad Animal y demás normativa aplicable.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente contrato por duplicado y a un solo efecto.
EN FE DE LO CUAL, las partes firman el presente documento en la fecha arriba indicada.
EL VENDEDOR
DNI/NIE: B14567890
Yeguada Sierra Morena S.L.
Fecha: ____________________
EL COMPRADOR
DNI/NIE: 23456789C
Carlos Méndez Ortega
Fecha: ____________________

¿Qué es el contrato de compraventa de caballo?

El contrato de compraventa de caballo es el documento privado mediante el cual el vendedor transmite al comprador la propiedad de un equino —caballo, yegua, pony, burro o cualquier miembro de la familia Equidae— a cambio de un precio determinado. Los equinos son animales de gran valor económico y con requisitos sanitarios específicos, por lo que el contrato debe recoger, además de los elementos generales del Código Civil, la documentación sanitaria específica: pasaporte equino, microchip, historial veterinario y situación de las vacunaciones obligatorias.

El pasaporte equino (Document d'Identification Equidé, DIE) es el documento oficial obligatorio para todos los équidos en la UE conforme al Reglamento (UE) 2016/429 de sanidad animal y el Reglamento Delegado (UE) 2021/534. El pasaporte acompaña al animal toda su vida y recoge sus datos identificativos, el historial sanitario, los tratamientos con medicamentos de uso veterinario y el estado de admisión para el consumo humano. La transmisión del pasaporte con el animal es obligatoria en toda compraventa. El cambio de propietario debe comunicarse a la autoridad competente de la comunidad autónoma.

El examen veterinario pre-compra (preventa o "pre-purchase examination") es una práctica esencial en la compraventa de caballos de cierto valor. Consiste en una inspección veterinaria completa del animal —incluyendo estudio radiológico, ecográfico y análisis de sangre si se acuerda— que tiene como objetivo identificar defectos y enfermedades que puedan afectar al uso previsto del caballo. El resultado del examen pre-compra no es una garantía, pero determina el estado del animal en el momento de la venta y limita la responsabilidad del vendedor por vicios ocultos que el examen habría podido detectar.

Qué incluye esta plantilla

El contrato de compraventa de caballo cubre todos los elementos necesarios para una transmisión segura con plenas garantías sanitarias y documentales.

Datos del vendedor y del comprador

Nombre, DNI/NIE y datos de contacto de ambas partes, con indicación si actúan como particulares, ganaderos o empresas del sector ecuestre.

Identificación del caballo

Nombre, especie, raza, sexo, fecha de nacimiento, capa y reseñas, número de microchip y número de pasaporte equino (UELN).

Pasaporte equino y documentación sanitaria

Número y entidad emisora del pasaporte equino, vacunaciones al día (gripe equina, tétanos) y resultado de las últimas pruebas de enfermedades de declaración obligatoria.

Historial veterinario y tratamientos previos

Descripción de las intervenciones veterinarias relevantes, lesiones previas conocidas y medicamentos de uso reciente con implicaciones en la admisión para consumo humano.

Examen veterinario pre-compra

Si se realizó, indicación de la fecha, el veterinario que lo realizó, el resultado y los documentos del examen adjuntos al contrato.

Uso previsto del caballo

Indicación del uso para el que se compra el caballo: deporte, ocio, cría, trabajo, y declaración del vendedor de la adecuación del animal para ese uso conforme al estado declarado.

Precio y forma de pago

Importe acordado, modo de pago y condiciones de pago aplazado si corresponde.

Lugar de estabulación y transporte

Lugar donde se encuentra el caballo en el momento de la firma y acuerdo sobre el transporte y los costes de traslado al lugar designado por el comprador.

Cambio de titular en el registro autonómico

Obligación de comunicar el cambio de propietario a la comunidad autónoma en el plazo establecido por la normativa de sanidad animal.

Declaración de vicios ocultos

Declaración del vendedor de no conocer enfermedades crónicas, lesiones graves ni defectos ocultos que no haya comunicado al comprador.

Cómo formalizar la compraventa de un caballo

Siga este proceso para que la compraventa sea segura y quede correctamente documentada desde el punto de vista sanitario y jurídico.

  1. 1

    Verifique la documentación del caballo antes de la firma

    Compruebe el pasaporte equino (que coincida con el microchip del animal), las vacunaciones vigentes, el registro en la base de datos equina de la comunidad autónoma y que el vendedor figura como propietario registrado.

  2. 2

    Encargue o acuerde el examen veterinario pre-compra

    Para caballos de cierto valor (deporte, cría o alta competición), encargue un examen pre-compra a un veterinario independiente. El alcance del examen (básico, con radiografías, con análisis de sangre) debe acordarse con el vendedor antes de la visita.

  3. 3

    Acuerde el precio, el modo de pago y el transporte

    Fije el precio total, el modo de pago y quién asume los gastos de transporte del animal. Incluya el uso previsto del caballo para delimitar la responsabilidad del vendedor en caso de que el animal resulte inadecuado para ese uso.

  4. 4

    Cumplimente el contrato con todos los datos del equino

    Introduzca el número del pasaporte, el microchip, las vacunaciones, el resultado del examen pre-compra si lo hubo y las declaraciones del vendedor sobre el estado de salud y la ausencia de vicios ocultos.

  5. 5

    Comunique el cambio de propietario a la autoridad autonómica

    El comprador debe registrar el cambio de propietario en el registro equino de la comunidad autónoma. El pasaporte debe actualizarse con los datos del nuevo propietario en la entidad emisora.

Consideraciones jurídicas

La compraventa de equinos combina el derecho civil con la normativa específica de sanidad animal y los usos del sector ecuestre que determinan las garantías exigibles.

La información siguiente tiene carácter divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para compraventas de equinos de alta competición, caballos de raza con pedigree o situaciones de litigio por vicios ocultos, consulte con un abogado especialista en derecho deportivo o veterinario.

Contenido revisado por el equipo jurídico de Doxuno conforme al Código Civil arts. 1484-1499 y el Reglamento (UE) 2016/429 de sanidad animal.

Artículo 1484 CC: vicios redhibitorios en animales

El artículo 1491 del Código Civil establece que en la venta de animales y ganado, las acciones redhibitoria y cuanti minoris se regirán por las ordenanzas y usos locales en lo relativo a los animales que las tuvieren, y en su defecto, por las disposiciones generales de saneamiento por vicios ocultos. El plazo de la acción redhibitoria para animales es de cuarenta días para las enfermedades crónicas y defectos fundamentales, a contar desde la entrega. Las enfermedades que los usos del sector ecuestre consideran redhibitorias incluyen el asma, la ceguera, el muermo y otras enfermedades graves que eliminan el valor del animal para su uso.

Reglamento (UE) 2016/429: sanidad animal y pasaporte equino

El Reglamento (UE) 2016/429, de aplicación desde 2021, establece el marco de sanidad animal en la UE e incluye los requisitos de identificación y trazabilidad de los équidos. El pasaporte equino es obligatorio para todos los équidos y debe acompañar al animal en todos sus desplazamientos. La transmisión del pasaporte con el caballo es obligatoria en toda compraventa. El incumplimiento de los requisitos de identificación está sujeto a sanciones administrativas y puede comprometer la participación del caballo en competiciones oficiales.

Uso previsto y garantía de aptitud en caballos de deporte

En la compraventa de caballos de deporte, el vendedor que conoce el uso previsto del comprador responde si el animal resulta inadecuado para ese uso por defectos conocidos que no comunicó. El examen veterinario pre-compra actúa como referencia del estado del animal en el momento de la venta: si el examen no detectó un problema que posteriormente se manifiesta, la responsabilidad del vendedor queda limitada a los defectos que el examen no podría haber detectado razonablemente.

Fiscalidad: IVA e ITP en la compraventa de caballos

La compraventa de caballos entre particulares tributa por el ITP al tipo general. Si el vendedor es empresario o profesional, tributa por IVA al tipo reducido del 10% (animales vivos destinados a la reproducción, trabajo o uso productivo). Los caballos de competición o de ocio pueden tributar al tipo general del 21% de IVA si el vendedor actúa como empresario. Los caballos de raza con pedigree pueden tener una valoración superior a la del precio declarado, por lo que la comprobación de valores por la administración tributaria es posible.

Preguntas frecuentes

Formalice la compra de su caballo con seguridad jurídica

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