Plantilla gratuita de Condiciones Generales de Contratación B2B
Modelo profesional de condiciones generales para contrataciones entre empresas en España. Regule precios, entregas, garantías, limitación de responsabilidad y resolución de conflictos conforme al Código de Comercio, el Código Civil y la Ley 7/1998 sobre Condiciones Generales de la Contratación. Descargue un PDF listo para adjuntar a sus ofertas o pedidos.
Estas CGV son aplicables a todas las ventas de productos y/o servicios realizados por el Vendedor. La realización de un pedido implica la aceptación plena y sin reservas de las presentes CGV por parte del Comprador.
Estas CGV prevalecen sobre cualquier condición general de compra del Comprador, salvo acuerdo expreso y por escrito del Vendedor.
Cualquier condición particular pactada por escrito entre las partes prevalecerá sobre las presentes CGV en caso de contradicción.
El Vendedor se reserva el derecho de modificar las presentes CGV en cualquier momento. Las CGV aplicables serán las vigentes en la fecha de confirmación de cada pedido.
Suministro de componentes electrónicos industriales, cableado especializado, cuadros eléctricos y sistemas de automatización para la industria manufacturera.
Las imágenes, descripciones, fichas técnicas y catálogos se proporcionan a título informativo y no tienen carácter contractual. El Vendedor se reserva el derecho de modificar las características de sus productos en cualquier momento sin previo aviso, siempre que los productos entregados se ajusten a las especificaciones del pedido confirmado.
El Vendedor se reserva el derecho de no aceptar pedidos inferiores a 500,00 EUR (sin IVA).
Salvo indicación en contrario, las ofertas y presupuestos del Vendedor tienen una validez de 30 días desde su emisión.
Toda modificación o anulación de un pedido confirmado deberá ser aceptada por escrito por el Vendedor y podrá generar costes adicionales a cargo del Comprador.
Tipo de IVA aplicable: 21%
Los precios no incluyen gastos de transporte, embalaje, seguro ni aranceles aduaneros, salvo pacto expreso en contrario. Estos conceptos se facturarán de forma separada al Comprador.
El Vendedor se reserva el derecho de revisar sus precios en cualquier momento. No obstante, los precios aplicables a un pedido serán los vigentes en la fecha de confirmación del mismo.
El plazo de entrega estándar es de 15 días hábiles desde la confirmación del pedido, salvo indicación en contrario.
Los plazos de entrega se indican a título informativo y no constituyen un compromiso firme del Vendedor. El retraso en la entrega no dará derecho a indemnización ni a la resolución del contrato, salvo que supere los 30 días hábiles y el Comprador hubiera requerido formalmente la entrega por escrito.
El riesgo de pérdida o deterioro de la mercancía se transmite al Comprador en el momento de la entrega. El Comprador deberá verificar el estado de la mercancía en el momento de la recepción y formular las reservas oportunas en el albarán de entrega.
Conforme a la Ley 3/2004 de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, el plazo de pago no podrá exceder de 60 días naturales desde la fecha de recepción de la mercancía o prestación del servicio.
En caso de impago o pago tardío, se devengarán intereses de demora al tipo del 8% anual sobre el importe adeudado, sin necesidad de requerimiento previo.
Además, el Comprador deberá abonar una indemnización mínima por costes de cobro de 40 euros conforme al artículo 8 de la Ley 3/2004, sin perjuicio de la reclamación de mayores daños y perjuicios debidamente acreditados.
El Vendedor se reserva el derecho de suspender la ejecución de pedidos pendientes y futuras entregas en caso de impago de facturas vencidas.
El Comprador se compromete a:
• No revender, transformar ni incorporar los productos antes del pago íntegro, salvo en el curso normal de su actividad empresarial
• Informar inmediatamente al Vendedor de cualquier embargo, procedimiento concursal o evento que pueda afectar a los productos sujetos a reserva de dominio
• Asegurar los productos contra todo riesgo (incendio, robo, daños) durante el periodo de reserva de dominio
En caso de reventa de los productos antes del pago íntegro, el Comprador cede al Vendedor el crédito resultante de la reventa hasta el importe de la deuda pendiente.
El plazo de garantía es de 24 meses desde la fecha de entrega. La garantía cubre la reparación o sustitución del producto defectuoso, a elección del Vendedor.
La garantía no cubre los defectos causados por:
• Uso inadecuado, negligencia o falta de mantenimiento por parte del Comprador
• Desgaste normal del producto
• Modificación, reparación o manipulación no autorizada del producto
• Causas externas (catástrofes naturales, sobretensiones, etc.)
La garantía está limitada a la reparación o sustitución del producto y no incluye indemnización por daños directos, indirectos ni lucro cesante.
Las reclamaciones por defectos visibles deberán comunicarse al Vendedor por escrito en un plazo de 10 días hábiles desde la recepción de la mercancía, acompañadas de la documentación justificativa (fotografías, número de albarán, descripción del defecto).
Las reclamaciones por vicios ocultos deberán comunicarse dentro del plazo de garantía aplicable, conforme a los artículos 1484 y siguientes del Código Civil.
Transcurrido el plazo de reclamación sin comunicación del Comprador, se considerará que los productos han sido aceptados sin reservas.
La presentación de una reclamación no exime al Comprador de su obligación de pago de la factura correspondiente.
En ningún caso el Vendedor será responsable de los daños indirectos, lucro cesante, pérdida de negocio, pérdida de producción, pérdida de clientela ni daños consecuenciales, salvo en caso de dolo o culpa grave.
El Comprador deberá acreditar documentalmente la existencia y el importe de los daños alegados. Las reclamaciones de daños prescriben en el plazo de un año desde la fecha en que el Comprador tuvo conocimiento del daño.
Esta obligación de confidencialidad se extiende a los empleados, agentes y subcontratistas de cada parte y subsistirá durante un periodo de 3 (tres) años tras la finalización de la relación comercial.
No se considerará información confidencial aquella que sea de dominio público, que la parte receptora poseyera con anterioridad, que haya sido obtenida de un tercero sin restricción de confidencialidad, o cuya divulgación sea requerida por ley o autoridad competente.
Los datos personales facilitados por el Comprador serán tratados por el Vendedor con la exclusiva finalidad de gestionar la relación comercial (tramitación de pedidos, facturación, entregas y comunicaciones comerciales).
El Vendedor se compromete a adoptar las medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar la seguridad de los datos personales y a no comunicarlos a terceros salvo obligación legal o necesidad para la ejecución de la relación comercial (transportistas, entidades bancarias).
El Comprador podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición dirigiéndose al Vendedor a la dirección indicada en las presentes CGV.
La parte afectada deberá notificar a la otra el evento de fuerza mayor en el plazo más breve posible y adoptar las medidas razonables para mitigar sus efectos. Si la situación de fuerza mayor se prolongara más de 90 días naturales, cualquiera de las partes podrá resolver la relación comercial sin derecho a indemnización.
Nulidad parcial: Si alguna cláusula de las presentes CGV fuera declarada nula o inaplicable por un tribunal competente, las demás cláusulas permanecerán en vigor.
No renuncia: El hecho de que el Vendedor no ejerza alguno de los derechos previstos en las presentes CGV no constituirá una renuncia a ejercerlos en el futuro.
Cesión: El Comprador no podrá ceder sus derechos y obligaciones derivados de las presentes CGV sin el consentimiento previo y por escrito del Vendedor.
En vigor desde: 01/01/2026
¿Qué son las condiciones generales B2B?
Las condiciones generales de la contratación entre empresas (B2B, business-to-business) son el conjunto de cláusulas predispuestas por una parte y destinadas a incorporarse a una pluralidad de contratos con otros profesionales o empresarios. A diferencia de las condiciones B2C (dirigidas a consumidores), las B2B no están sujetas al régimen protector del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, sino al principio general de autonomía de la voluntad de los artículos 1254 y 1255 del Código Civil y al Código de Comercio.
Las condiciones generales B2B se utilizan en contextos muy diversos: suministros industriales, prestación continuada de servicios, distribución mayorista, licencias de software empresarial o ventas entre fabricantes. Permiten al proveedor estandarizar las reglas aplicables a todos sus clientes profesionales, reducir los tiempos de negociación y limitar determinados riesgos (responsabilidad por daños indirectos, plazos de reclamación, cláusulas de penalización o garantías específicas).
El marco legal principal es la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación (LCGC), que establece los requisitos de incorporación, accesibilidad y claridad. Complementariamente se aplican el Código Civil (arts. 1254-1314 sobre contratos), el Código de Comercio (arts. 50 y siguientes sobre contratos mercantiles) y las normas sectoriales que resulten de aplicación (por ejemplo, la Ley 3/2004 de morosidad en las operaciones comerciales).
Qué incluye esta plantilla
La plantilla de condiciones generales B2B de Doxuno reúne las cláusulas esenciales para ordenar las relaciones con clientes profesionales, con secciones Expert para limitar responsabilidades o introducir cláusulas penales.
Identificación del proveedor
Denominación, CIF, domicilio y datos registrales
Objeto y ámbito de aplicación
Productos, servicios y clientes a los que se aplican
Proceso de contratación y pedido
Oferta, pedido, aceptación y perfección del contrato
Precios, impuestos y descuentos
IVA, gastos de envío y política comercial
Forma y plazos de pago
Medios de pago, plazos y morosidad (Ley 3/2004)
Entrega, plazos y transporte
Incoterms, transmisión del riesgo y retrasos
Garantía y vicios ocultos
Alcance y plazos de la garantía comercial (arts. 342 CCom, 1484 CC)
Devoluciones y reclamaciones
Procedimiento y plazos para comunicar defectos
Limitación de responsabilidad
Exclusión de daños indirectos y topes cuantitativos
Propiedad intelectual
Titularidad de diseños, software o materiales entregados
Confidencialidad y protección de datos
Deberes de secreto y RGPD entre profesionales
Ley aplicable y jurisdicción
Tribunales competentes, mediación o arbitraje
Cómo redactar sus condiciones generales B2B
La plantilla de Doxuno le guía paso a paso para preparar unas condiciones generales profesionales, listas para adjuntar a sus ofertas, facturas o contratos marco.
- 1
Identifique su empresa
Introduzca la denominación social, el CIF, el domicilio, los datos registrales y la información de contacto. Asegúrese de que los datos coincidan exactamente con los del Registro Mercantil para evitar problemas de legitimación.
- 2
Defina el objeto y el ámbito
Delimite los productos, servicios o tipos de contrato a los que se aplicarán las condiciones generales y precise que se dirigen exclusivamente a profesionales y empresarios, excluyendo las relaciones con consumidores finales (que se rigen por el TRLGDCU).
- 3
Configure precios, pagos y morosidad
Establezca su política de precios (con o sin IVA), los medios de pago aceptados, los plazos y las consecuencias del retraso. La Ley 3/2004 contra la morosidad fija plazos máximos de 60 días en B2B y permite reclamar intereses de demora más los 40 € de costes de recobro por factura.
- 4
Regule entrega, garantía y responsabilidad
Detalle las condiciones de entrega (lugar, plazo, Incoterms), el plazo y alcance de la garantía comercial (más allá de los vicios ocultos de los arts. 342 CCom y 1484 CC) y los límites de responsabilidad aplicables, incluida la exclusión habitual de daños indirectos, lucro cesante y pérdidas derivadas.
- 5
Fije la resolución de conflictos y descargue
Elija entre el sometimiento a tribunales ordinarios, mediación previa (Ley 5/2012) o arbitraje institucional. Añada una cláusula de confidencialidad comercial y una referencia al tratamiento de datos conforme al RGPD. Descargue su PDF profesional para adjuntarlo a sus pedidos.
Consideraciones jurídicas en España
Las condiciones generales B2B gozan de amplia libertad de configuración, pero están sujetas a los requisitos de incorporación y transparencia de la Ley 7/1998. Un error frecuente es trasladar cláusulas B2C a contratos entre profesionales sin la adaptación necesaria.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Para contratos B2B con alto riesgo económico, componentes internacionales o cláusulas de responsabilidad limitada muy restrictivas, consulte con un abogado mercantilista.
Revisado por profesionales del Derecho mercantil. El contenido de esta página y las cláusulas de la plantilla han sido revisados por abogados colegiados en España para garantizar su conformidad con la LCGC y el Código de Comercio.
Incorporación al contrato (art. 5 LCGC)
Para que las condiciones generales formen parte del contrato es imprescindible cumplir los requisitos del artículo 5 de la Ley 7/1998: la aceptación del adherente, la redacción en términos concretos, claros y sencillos, y la accesibilidad efectiva al texto. En la práctica B2B es habitual incorporarlas mediante remisión expresa en el pedido o en la factura, o mediante firma de un documento marco que las declare aplicables a todas las operaciones futuras.
Diferencias esenciales con las condiciones B2C
Las condiciones B2B no están sujetas al régimen de cláusulas abusivas del artículo 82 del TRLGDCU, que solo protege a consumidores y usuarios. Ello permite en B2B incluir cláusulas de limitación de responsabilidad, topes de garantía, sumisión expresa a fueros y renuncias a acciones que serían nulas frente a un consumidor. No obstante, incluso en B2B, las cláusulas gravemente desequilibradas o contrarias a la buena fe (art. 1258 CC) pueden ser declaradas nulas por los tribunales.
Ley 3/2004 sobre morosidad
La Ley 3/2004, de 29 de diciembre, que traspone la Directiva 2011/7/UE, fija plazos máximos de pago de 60 días naturales entre empresas (30 días en contratos con Administraciones Públicas), el devengo automático de intereses de demora (tipo del BCE + 8 puntos) y el derecho a reclamar los 40 € de costes de recobro por factura impagada. Cualquier pacto que establezca plazos superiores o exonere del pago de intereses se considera abusivo y nulo.
Limitación de responsabilidad y orden público
Las cláusulas de limitación de responsabilidad son válidas en B2B siempre que no cubran supuestos de dolo o culpa grave (art. 1102 CC), daños personales, ni infracción de obligaciones legales imperativas. Los topes cuantitativos (por ejemplo, responsabilidad limitada al importe del contrato) y la exclusión de daños indirectos y lucro cesante son prácticas extendidas y generalmente reconocidas por la jurisprudencia española, siempre que se redacten con claridad y sean proporcionadas.
Preguntas frecuentes
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Rellene los datos de su empresa y configure las cláusulas de precio, entrega, garantía y responsabilidad y obtenga unas condiciones generales profesionales, listas para adjuntar a sus pedidos o facturas. Gratuito, sin cuenta requerida para la versión básica.
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