Contenido jurídico específico por país
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Formalice el préstamo gratuito de un bien mueble o inmueble, garantizando su devolución en las condiciones pactadas y documentando las responsabilidades del comodatario. Nuestra plantilla regula el uso permitido, los gastos de conservación y las consecuencias del mal uso conforme a los artículos 1740 a 1757 del Código Civil.
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El comodato es el contrato por el cual una parte (comodante) entrega gratuitamente a otra (comodatario) una cosa no fungible para que la use durante cierto tiempo y la devuelva al término del préstamo. Está regulado en los artículos 1740 a 1757 del Código Civil. A diferencia del mutuo (préstamo de dinero u otras cosas fungibles), el comodatario debe devolver el mismo bien recibido, no uno equivalente. La gratuidad es esencial: si hay precio, el contrato se convierte en arrendamiento de cosa.
El comodato puede recaer sobre bienes muebles (vehículo, maquinaria, ordenador, equipo deportivo, instrumentos musicales) o inmuebles (vivienda, local, parcela). En el caso de bienes inmuebles, el comodato es especialmente relevante cuando un propietario cede el uso de un inmueble a un familiar o conocido sin percibir renta, ya que la falta de formalización puede dar lugar a situaciones de precario difíciles de resolver judicialmente.
El contrato de comodato protege principalmente al comodante: documenta las condiciones en que se entregó el bien, el uso permitido, el plazo de devolución y las responsabilidades del comodatario en caso de daño, pérdida o uso inadecuado. Sin contrato escrito, el comodante puede tener dificultades para acreditar que el bien fue prestado y no donado, y para exigir su devolución o una indemnización si el comodatario lo deteriora.
El contrato de comodato cubre todos los elementos necesarios para documentar el préstamo gratuito y proteger al comodante ante un eventual incumplimiento.
Nombre, DNI/NIE y datos de contacto de ambas partes: el prestador del bien (comodante) y el usuario (comodatario).
Descripción detallada del bien: tipo, marca, modelo, número de serie si corresponde, estado en el momento de la entrega y relación de accesorios incluidos.
Indicación del uso específico al que el comodatario puede destinar el bien, con prohibición expresa de usos distintos o cesión a terceros.
Duración del préstamo: plazo fijo con fecha de devolución o plazo indefinido sujeto al preaviso del comodante.
Descripción del estado del bien en el momento de la entrega, con posibilidad de adjuntar fotografías o un acta de entrega.
Indicación de que los gastos ordinarios de uso y conservación son a cargo del comodatario conforme al artículo 1743 CC.
Obligación del comodatario de responder de los daños causados al bien por mal uso, negligencia o uso contrario a lo pactado.
Prohibición expresa de que el comodatario preste o subarriende el bien a terceros sin consentimiento del comodante (art. 1749 CC).
Obligación de devolver el bien al comodante al término del plazo o cuando este lo solicite, en el mismo estado en que fue recibido salvo desgaste normal.
Firma de ambas partes con fecha de entrega del bien, que marca el inicio del periodo del comodato y las responsabilidades del comodatario.
Siga este proceso para documentar el préstamo gratuito de forma que proteja sus intereses como comodante.
Realice un inventario detallado o un acta de entrega con el estado actual del bien. Las fotografías fechadas son especialmente útiles para acreditar el estado en el momento del préstamo.
Sea específico sobre el uso al que puede destinarse el bien y fije un plazo claro o las condiciones del preaviso para la devolución. Un plazo indefinido sin preaviso puede dificultar la recuperación del bien.
Introduzca la descripción del bien, el uso permitido, el plazo, los gastos que asume el comodatario y las consecuencias del incumplimiento.
Firme el contrato en el momento de la entrega del bien para que coincida la fecha del contrato con la fecha de inicio del comodato. Entregue un ejemplar firmado al comodatario.
Si el comodato es de larga duración, compruebe periódicamente el estado del bien. Al término del plazo, reciba el bien e inspeccione su estado comparando con el acta de entrega. Si hay daños, documente y reclame por escrito.
Cuatro elementos que hacen nuestras plantillas más completas que los borradores generados por IA y más actuales que las bibliotecas estáticas.
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Las plantillas con referencias legales se actualizan continuamente cuando cambia la ley. Su documento refleja siempre el marco normativo vigente.
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El comodato genera obligaciones específicas para el comodatario que el comodante puede exigir, pero también crea situaciones de precario en inmuebles que conviene gestionar con cuidado.
La información siguiente tiene carácter divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para comodatos de inmuebles de larga duración o con comodatarios que se niegan a restituir el bien, consulte con un abogado especialista en derecho civil.
Contenido revisado por el equipo jurídico de Doxuno conforme al Código Civil arts. 1740-1757.
El artículo 1749 CC prohíbe al comodatario conceder a un tercero el uso del bien sin permiso del comodante. Si el comodatario cede el uso a un tercero y el bien sufre algún daño, el comodatario responderá solidariamente con el tercero, incluso si puede probar que el daño se habría producido igualmente en manos del comodante. Esta responsabilidad agravada disuade la cesión no autorizada.
El artículo 1743 CC establece que los gastos ordinarios necesarios para el uso y conservación del bien prestado son a cargo del comodatario. Sin embargo, los gastos extraordinarios ocasionados por la conservación de la cosa —que no podían preverse o que, siendo previsibles, fueron necesarios para salvarla— son a cargo del comodante si el comodatario los realizó para salvar el bien. Esta distinción entre gastos ordinarios y extraordinarios debe reflejarse en el contrato.
Cuando el comodato de un inmueble no tiene plazo fijado, el comodante puede pedir la devolución del bien en cualquier momento (art. 1750 CC). Sin embargo, si el comodatario lleva largo tiempo en el inmueble y los tribunales consideran que existe un consentimiento implícito de permanencia, la recuperación puede ser más compleja. Para evitar esta situación, es recomendable fijar un plazo o un mecanismo de preaviso claro en el contrato. Si el comodatario se niega a devolver, el comodante puede acudir al juicio verbal de precario (art. 250.1.2.ª LEC).
Como regla general, si la cosa se destruye por caso fortuito, el comodatario no es responsable. Sin embargo, el artículo 1744 CC establece excepciones: el comodatario responde del caso fortuito si destinó la cosa a un uso diferente al pactado, si la conservó en su poder más tiempo del acordado, o si, pudiendo salvar la cosa o la suya propia, prefirió salvar la suya. Estos supuestos deben estar bien documentados en el contrato para facilitar la reclamación.
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