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Carta de Baja del Suministro de Electricidad o Gas

Solicite la baja del suministro eléctrico o de gas natural de forma fehaciente, ya sea por cambio de comercializadora, cierre del punto de suministro o traslado de domicilio. Nuestra plantilla le permite gestionar la cancelación conforme a la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, la Ley 34/1998 del Sector de Hidrocarburos y la normativa de protección al consumidor de energía.

Uso gratuitoPDF instantáneoSin cuenta requerida
Pedro Sanchez Fernandez
DNI/NIE/CIF 34567890E
Avenida de la Constitucion 8, 41004 Sevilla
20/03/2026
Endesa Energia, S.A.U.
Servicio de Atencion al Cliente
ASUNTO
CAMBIO DE COMERCIALIZADORA — LEY 24/2013
Estimados senores:

Por medio de la presente, yo, Pedro Sanchez Fernandez, con DNI/NIE/CIF 34567890E, en calidad de titular del contrato de suministro correspondiente al CUPS ES0021000012345678AB, en la direccion Avenida de la Constitucion 8, 3o B, 41004 Sevilla, solicito formalmente la baja del contrato con Endesa Energia, S.A.U. para proceder al cambio de comercializadora.
DATOS DEL PUNTO DE SUMINISTRO
CUPSES0021000012345678AB
DIRECCION SUMINISTROAvenida de la Constitucion 8, 3o B, 41004 Sevilla
LECTURA CONTADOR45.230 kWh
1.
FUNDAMENTO LEGAL
La presente solicitud se formula al amparo de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Electrico (articulos 43 y 44), el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y el Real Decreto Legislativo 1/2007 (LGDCU), que reconocen el derecho del consumidor a elegir libremente su comercializadora de energia y a cambiar de suministrador sin penalizacion.
2.
CAMBIO DE COMERCIALIZADORA
Solicito que se tramite el cambio de comercializadora a Holaluz Clidom, S.A.. Conforme a la normativa vigente, el proceso de cambio no debe suponer interrupcion del suministro en ningun momento. El plazo maximo para efectuar el cambio es de 21 dias naturales desde la solicitud.
3.
LECTURA DEL CONTADOR
A efectos de facturacion final, comunico que la lectura actual del contador es de 45.230 kWh. Solicito que la factura de cierre se calcule en base a dicha lectura real, sin aplicar estimaciones.
4.
FACTURACION FINAL
Solicito que se emita la factura de liquidacion correspondiente unicamente a los consumos realizados hasta la fecha efectiva de baja. En caso de existir deposito de garantia o saldo a favor del titular, solicito su devolucion en el plazo legalmente establecido.
5.
AUSENCIA DE PENALIZACIONES
Conforme a la Ley 24/2013 del Sector Electrico y la normativa de proteccion al consumidor, el cambio de comercializadora en el mercado libre no esta sujeto a penalizacion alguna. Cualquier clausula contractual que establezca penalizaciones por cambio de comercializadora resulta nula de pleno derecho conforme al articulo 86 de la LGDCU.
6.
CONTINUIDAD DEL SUMINISTRO
Conforme al articulo 44.1 de la Ley 24/2013, el cambio de comercializadora no puede suponer interrupcion del suministro. La empresa distribuidora esta obligada a garantizar la continuidad del servicio durante todo el proceso de cambio.
7.
PROTECCION DE DATOS
Conforme al Reglamento General de Proteccion de Datos (UE 2016/679) y a la Ley Organica 3/2018 (LOPDGDD), solicito que mis datos personales sean tratados exclusivamente para la gestion de la baja y liquidacion, procediendo a su supresion una vez cumplida dicha finalidad.
8.
RESERVA DE ACCIONES
Me reservo el derecho a interponer reclamacion ante la Comision Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), la oficina de atencion al consumidor de energia de la comunidad autonoma correspondiente, y en su caso, los Tribunales de Justicia, si la solicitud no fuera atendida en plazo y forma.
9.
ACUSE DE RECIBO
Solicito confirmacion escrita de la recepcion de esta solicitud, incluyendo numero de referencia de la gestion y plazo estimado para la efectividad de la baja o cambio.
EL/LA TITULAR
Pedro Sanchez Fernandez
Fecha: ____________________

¿Qué es la carta de baja del suministro energético?

La carta de baja del suministro energético es el documento formal mediante el cual el titular del contrato de suministro de electricidad o gas natural notifica a su comercializadora su voluntad de resolver el contrato, ya sea para cambiar a otra empresa, para cerrar definitivamente el punto de suministro o porque abandona el inmueble. El mercado energético español distingue entre la distribuidora —propietaria de la red, regulada— y la comercializadora —que vende la energía en mercado libre o en tarifa de último recurso (TUR). La baja se gestiona con la comercializadora, no con la distribuidora.

La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, junto con sus reglamentos de desarrollo, establecen el régimen de los derechos de los consumidores de energía. El cambio de comercializadora en el mercado libre de electricidad puede realizarse en cualquier momento sin coste, con efectividad en el plazo máximo fijado por la normativa sectorial. El cierre del punto de suministro (corte definitivo) implica solicitar a la distribuidora la baja del contrato de acceso a la red.

La carta de baja es especialmente relevante cuando: el consumidor desea cambiar de comercializadora sin que la nueva empresa tramite el cambio directamente; quiere cerrar un suministro en un inmueble que abandona; ha encontrado cargos indebidos en la factura y quiere dejar constancia escrita de la reclamación junto con la solicitud de baja; o quiere evitar que la comercializadora continúe facturando una potencia contratada superior a la necesaria. El documento fechado y enviado por canal fehaciente acredita el momento de la solicitud y protege al consumidor frente a facturas posteriores.

Qué incluye esta plantilla

La carta de baja cubre todos los elementos necesarios para gestionar la cancelación del suministro eléctrico o de gas con la comercializadora.

Datos del titular del contrato

Nombre, DNI/NIE y datos de contacto del titular del contrato de suministro energético.

Datos de la comercializadora

Nombre de la empresa comercializadora y dirección del departamento de atención al cliente o bajas.

Referencia del contrato y del punto de suministro

Número de contrato, CUPS (Código Universal del Punto de Suministro) y dirección del inmueble al que corresponde el suministro.

Tipo de suministro a cancelar

Especificación del tipo de energía: electricidad, gas natural, o ambos si están en el mismo contrato.

Motivo de la baja

Indicación del motivo: cambio de comercializadora, traslado de domicilio, cierre definitivo del punto de suministro, desacuerdo con condiciones.

Fecha de efectos de la baja

Fecha a partir de la cual debe surtir efecto la cancelación del contrato de suministro.

Lectura del contador en la fecha de baja

Solicitud de lectura del contador en la fecha de efectos de la baja para la liquidación final del consumo.

Solicitud de liquidación final

Petición de factura final con el consumo realizado hasta la fecha de baja, sin cargos adicionales.

Devolución del depósito de garantía

Si se pagó fianza o depósito al contratar el suministro, solicitud de su devolución una vez tramitada la baja.

Firma y fecha

Firma del titular con fecha, y envío por canal fehaciente para acreditar el momento de la solicitud.

Cómo dar de baja el suministro de electricidad o gas

Siga este proceso para gestionar la baja del suministro energético sin que queden cargos pendientes o facturas indebidas.

  1. 1

    Identifique su CUPS y la comercializadora actual

    El CUPS (Código Universal del Punto de Suministro) identifica de forma única su punto de suministro. Puede encontrarlo en cualquier factura. Verifique también el nombre de su comercializadora actual, que puede ser diferente de la distribuidora.

  2. 2

    Decida si quiere cambio de comercializadora o baja definitiva

    Si se traslada a otro inmueble o simplemente quiere cambiar de empresa, el nuevo contrato con otra comercializadora puede tramitar el cambio directamente. Si cierra el suministro definitivamente, necesita solicitar la baja a la distribuidora a través de la comercializadora.

  3. 3

    Solicite una lectura del contador en la fecha de baja

    Para que la factura final sea correcta, es importante que el contador sea leído en la fecha de baja. Si no hay lectura real, la comercializadora puede estimar el consumo, lo que puede resultar desfavorable para el consumidor.

  4. 4

    Cumplimente la carta y envíe por canal fehaciente

    Indique su CUPS, el tipo de suministro, la fecha de efectos y el motivo de la baja. Envíe la carta por correo certificado o burofax a la dirección legal de la comercializadora.

  5. 5

    Compruebe la factura final y el depósito

    Verifique que la factura final corresponde solo al consumo hasta la fecha de baja. Si pagó depósito de garantía, compruebe que se devuelve en el plazo habitual. Si hay discrepancias, reclaме por escrito.

Consideraciones jurídicas

El sector energético tiene un régimen regulatorio específico que protege al consumidor doméstico con derechos mínimos irrenunciables en el proceso de baja.

La información siguiente tiene carácter divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para disputas con comercializadoras sobre facturación o tramitación de baja, puede acudir a la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) o a las autoridades autonómicas de consumo.

Contenido revisado por el equipo jurídico de Doxuno conforme a la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico y la Ley 34/1998 del Sector de Hidrocarburos.

Ley 24/2013 del Sector Eléctrico: libertad de elección de comercializadora

El artículo 44 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico reconoce a los consumidores el derecho a contratar el suministro con la comercializadora que elijan y a cambiar de comercializadora en cualquier momento sin coste. El cambio de comercializadora en el mercado libre no requiere baja previa: el nuevo contrato con la comercializadora entrante desplaza al anterior. La distribuidora gestiona la red de forma separada e independiente de la comercialización.

Consumidor vulnerable y Tarifa de Último Recurso (TUR)

Los consumidores domésticos con potencia contratada inferior a 10 kW pueden acogerse a la Tarifa Voluntaria para el Pequeño Consumidor (PVPC), gestionada por las comercializadoras de último recurso designadas por el Gobierno. Si la baja implica el fin del suministro para un consumidor en situación de vulnerabilidad, las comercializadoras de último recurso no pueden cortar el suministro en determinados periodos (invierno, calor extremo) conforme al Real Decreto 897/2017 de protección de consumidores vulnerables.

Baja definitiva del punto de suministro: tramitación con la distribuidora

Cerrar definitivamente un punto de suministro implica solicitar a la distribuidora —a través de la comercializadora o directamente— el corte del suministro y la baja del contrato de acceso a la red. Este trámite puede conllevar costes de acometida o reconexión si el punto se reactiva en el futuro. El CUPS del punto queda inactivo pero no se elimina del sistema, lo que facilita la reactivación futura.

Reclamación ante la CNMC por incumplimientos de la comercializadora

La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) supervisa el mercado energético y puede tramitar reclamaciones de consumidores contra comercializadoras por: negativa a tramitar la baja, facturación indebida tras la baja, retención injustificada del depósito de garantía, o incumplimiento de los plazos de cambio de comercializadora. Las comunidades autónomas también tienen competencias de consumo en materia energética y pueden tramitar reclamaciones ante sus organismos autonómicos.

Preguntas frecuentes

Gestione la baja de su suministro eléctrico o de gas

Genere su carta de baja de suministro energético con base en la normativa sectorial. Descárguelo en PDF de forma gratuita.

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