Importante: Conforme al articulo 22 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, la comunicacion de no renovacion debe realizarse con al menos un mes de antelacion a la fecha de vencimiento de la poliza. Si la poliza es anual y se renueva automaticamente, la comunicacion debe ser previa al vencimiento.
Nota: La Ley 50/1980 de Contrato de Seguro regula la cancelacion de polizas. Se recomienda enviar esta carta por burofax con acuse de recibo para tener constancia fehaciente. Conserve copia del envio.